Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2018 (05/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 5 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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y recursos educativos, los actos de administración interna, documentos de gestión, trámites internos y otros documentos normativos de carácter interno; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 007-2018-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los Anexos N° 1.11, 1.12, 1.13, 1.14, 1.20, 1.21 y 1.22 de la Norma Técnica denominada "Norma para la contratación administrativa de servicios del personal de las intervenciones y acciones pedagógicas, en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091, 0106 y 0107, para el año 2018", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 055-2018-MINEDU; los mismos que quedarán redactados conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA G. REATEGUI NAPURI Secretaria General 1633624-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 521-2018-IN Lima, 4 de abril de 2018 VISTOS; el Mensaje con Referencia NP 19303/17/ UDI/G9/sbp, de fecha 12 de marzo de 2018, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Buenos Aires, la Hoja de Estudio y Opinión N° 112-2018-DGPNP/DIRASINTDB, de fecha 28 de marzo de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 115-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 31 de marzo de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001154-2018/IN/OGAJ, de fecha 2 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 251-2017-JUS, de fecha 8 de noviembre de 2017, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Juan Eduardo Llocclla Sánchez, formulada por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel, de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual ­ Violación Sexual, en agravio de una menor de edad con identidad

reservada; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje con Referencia NP 19303/17/ UDI/G9/sbp, de fecha 12 de marzo de 2018, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Buenos Aires hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que se ha concedido la extradición activa del ciudadano peruano Juan Eduardo Llocclla Sánchez, motivo por el cual solicitan los nombres y planes de desplazamiento del personal policial que se va encargar de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 112-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 28 de marzo de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar Oviedo Dulanto y del Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Hernández Chavarri, propuestos por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, del 5 al 9 de abril de 2018, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 1275-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 20 de marzo de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-

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