Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (11/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de abril de 2018 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza Nº 404-MDS.- Ratifican Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 139 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO D.A. Nº 08-2018-MPC-AL.- Prorrogan vigencia de los beneficios otorgados mediant e la Ordenanza Municipal Nº 004-2018 140 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA R.A. Nº 171-2018-M.P .O..- Delegan facultades resolutivas administrativas al Gerente Municipal 140MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL Ordenanza Nº 001-2018-MDCA.- Ordenanza que otorga la amnistía tributaria y no tributaria por deuda del Impuesto Predial y descuentos en arbitrios municipales 141 Acuerdo N° 033-2018-MDCA.- Aprueban la ordenanza que otorga la Amnistía Tributaria y No Tributaria en el caso de deudas de años anteriores, dirigida a todos los contribuyentes deudores del Distrito de Cerro Azul, de la Provincia de Cañete 143 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 055-2018-OS/CD.- Fijan la Tarifa Única de Distribución de Gas Natural en la Concesión de Lima y Callao aplicable al período comprendido entre el 07 de mayo de 2018 al 06 de mayo de 2022 y aprobación del Plan Quinquenal de Inversiones, el Plan de Promoción, y demás conceptos previstos en el Reglamento de Distribución PODER EJECUTIVO AGRICUL TURA Y RIEGO Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0155-2018-MINAGRI Lima, 10 de abril de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0140-2018-MINAGRI, de fecha 03 de abril de 2018, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 04 de abril de 2018, se encargó al señor Abogado José Luis Pastor Mestanza, actual Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el puesto de Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular; encargatura que es necesario dar por concluida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura conferida al señor Abogado José Luis Pastor Mestanza, actual Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del puesto de Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, que asumió en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la señorita Abogada Mary Rojas Cuesta, en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1635798-1Aprueban requisitos zoosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de equinos que fueron exportados del Perú temporalmente (30 días), procedentes de Bolivia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0015-2018-MINAGRI-SENASA-DSA 4 de abril de 2018VISTO:El Informe Nº 0012-2018-MINAGRI-SENASA-DSA- SDCA-EMARTINEZ de fecha 12 de marzo de 2018, elaborado por la Subdirección de Cuarentena Animal de esta Dirección; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina (CAN), dispone que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fi tosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al País, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos bené fi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA; Que, asimismo, el Artículo 9º de la citada Ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, el segundo párrafo del Artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado mediante Decreto Supremo 018-2008-AG, dispone que los requisitos fi to y zoosanitarios se publiquen en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el literal a. del Artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de