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14 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de abril de 2018 / El Peruano de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, con efectividad al 09 de abril de 2018, la renuncia formulada por la señora Araceli Lay Bustamante, al cargo de Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1635887-3 EDUCACION Modifican Norma Técnica para la Implementación del Mecanismo denominado “Fomento para la mejora de la Calidad del Servicio Educativo en las Universidades Públicas” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 050-2018-MINEDU Lima, 10 de abril de 2018CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades; promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura; asimismo, establece los principios, fi nes y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad. El Ministerio de Educación es el ente rector de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la educación superior universitaria; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, dispone el diseño e implementación de mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo que brindan las universidades públicas; asimismo, señala que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece los montos y criterios técnicos, entre otras disposiciones que se estimen necesarias, para la aplicación de los citados mecanismos; Que, en este marco, con Resolución Vice Ministerial Nº 033-2018-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica para la implementación de mecanismo denominado “Fomento para la mejora de la Calidad del Servicio Educativo en las Universidades Públicas”; la cual tiene como fi nalidad mejorar la calidad del servicio educativo a través del fortalecimiento de la gestión académica y los servicios de apoyo al estudiante en las universidades públicas y tiene como ámbito de aplicación a universidades públicas licenciadas que se encuentren en proceso de constitución o hayan concluido con el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, dispone las universidades nacionales que elaborarán y aprobarán un Programa de Fortalecimiento Institucional para la Calidad de la formación universitaria que brindan, el mismo que podrá ser utilizado como referente para la asignación de los recursos presupuestales que requieran en los siguientes ejercicios fi scales, siendo estas: Universidad Nacional Mayor de San Marcos (1551), Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga (1677), Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco (1692), Universidad Nacional de Trujillo (1824), Universidad Nacional San Agustín de Arequipa (1827), Universidad Nacional del Altiplano de Puno (1856), Universidad Nacional de Ingeniería (Escuela de Ingenieros del Perú - 1876), Universidad Nacional Agraria La Molina (Escuela Nacional de Agricultura y Veterinaria - 1902), Universidad Nacional del Centro del Perú (1959), Universidad Nacional de Piura (1961), Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (1961) y Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle (1965); Que, el artículo 151 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU establece que la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria es la unidad orgánica responsable de diseñar herramientas técnicas que fomenten la mejora continua de la calidad de la educación superior universitaria y contribuyan a su fortalecimiento; Que, con informe Nº 088-2018-MINESU/VMGP- DIGESU-DIPODA la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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