Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 13 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Gestión Preventiva de los Conflictos y el Diálogo Multiactor, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios ­ Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1 2.1 99 A Otros Organismos Internacionales; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del PNUD, conforme a lo dispuesto en la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Con la visación de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de recursos a favor del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para la ejecución del Proyecto N° 99502-ID 102790 "Gestión Social y Diálogo Multiactor", por el importe de S/ 3'258,349.00 (Tres millones doscientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y nueve 00/100 Soles), a fin de garantizar el logro de los objetivos del mencionado Proyecto. Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General ­ PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a la Meta: 0022 Promover la Gestión Preventiva de los Conflictos y el Diálogo Multiactor, por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios­ Rubro: 00 Recursos Ordinarios y Específica de Gasto 2.4.1 2.1 99 A Otros Organismos Internacionales. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Dirección Nacional del Proyecto "Gestión Social y Diálogo Multiactor" y a la Oficina de Asuntos Financieros de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en mérito a sus competencias realicen el trámite y seguimiento respectivo. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1636946-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de funcionaria del SENASA a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0159-2018-MINAGRI Lima, 12 de abril de 2018 VISTO: La Carta C/X/AGD-729, de fecha 11 de diciembre de 2017, del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura FAO; y, CONSIDERANDO: Que, según información técnica, proporcionada por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la

Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), del cual la República del Perú es miembro, es un acuerdo internacional de sanidad vegetal, establecido en el año 1952, cuyo objetivo consiste en proteger las plantas cultivadas y silvestres, previniendo la introducción y la propagación de plagas; Que, la Comisión de Medidas Fitosanitarias (CMF), es el órgano rector de la CIPF, la cual se reúne una vez al año, entre los meses de marzo o abril, con el fin de promover la cooperación para ayudar a realizar los objetivos de la CIPF, y es en dicha reunión que se aprueban las Normas Internacionales en Medidas Fitosanitarias (NIMF); Que, en dicho contexto, mediante Carta del Visto, el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, formula la invitación a los países miembros para asistir a la 13° Reunión de la Comisión de Medidas Fitosanitarias (CMF), a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 16 al 20 de abril de 2018; Que, el objeto de la mencionada Reunión consiste, entre otros, en abordar temas especiales sobre sanidad vegetal y protección del medio ambiente; examinar el estado de la protección fitosanitaria en el mundo, así como los éxitos y dificultades respecto a la aplicación de la CIPF; elaborar y adoptar normas internacionales en materia fitosanitaria, establecer reglas y procedimientos para la solución de diferencias, establecer reglas y procedimientos para la difusión de información fitosanitaria y cooperar con las organizaciones internacionales en las cuestiones que comprende la Convención; Que, mediante el Oficio N° 0064-2018-MINAGRISENASA, de fecha 05 de abril de 2018, el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA comunica que para asistir a la citada Reunión se ha designado a la Ingeniera Vilma Aurora Gutarra García, Directora (e) de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, teniendo en cuenta el interés sectorial en la participación de la representante del SENASA en el precitado evento, por cuanto permitirá, entre otros, sustentar la posición de la República del Perú en los temas técnicos a debatir, orientados al beneficio del comercio de plantas y productos vegetales del país; resulta procedente autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ingeniera Vilma Aurora Gutarra García, Directora (e) de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 14 al 21 de abril de 2018; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo indicado en el Memorándum N° 0045-2018-MINAGRISENASA-OPDI, de fecha 05 de abril de 2018, emitido por el Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; adjuntándose la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota N° 0000002406; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización

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