Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de abril de 2018 /

El Peruano

Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 126-2018-MINCETUR Lima, 09 de abril de 2018 Visto el Oficio Nº 148-2018-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha organizado conjuntamente con empresas peruanas del sector servicios, la Misión Comercial "Perú Service Summit Brasil 2018", a realizarse en la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, el día 18 de abril de 2018, con el objetivo de introducir la oferta del sector servicios, en especial de software, centros de contacto, marketing digital, servicios a la minería, entre otros, a fin de conocer la oportunidades comerciales en el mercado brasilero; asimismo, se ha previsto realizar con las empresas peruanas participantes, los días 17 y 19 de abril de 2018, visitas a la feria SmartCity Business America, al Parque Tecnológico Campiñas y a la Asociación Brasilera de Ingeniería; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de los señores David Abraham Edery Muñoz, Coordinador del Departamento de Exportación de Servicios, de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, y Javier Francisco Muñoz Cárdenas, Especialista en Exportación de Servicios, del Departamento de Exportación de Servicios, de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realicen acciones para la promoción de las exportaciones de servicios en la misión antes señalada; Que, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, de los señores David Abraham Edery Muñoz, del 17 al 20 de abril de 2018, y Javier Francisco Muñoz Cárdenas, del 16 al 20 de abril

de 2018, para que en representación de PROMPERÚ, realicen la misión a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US$ 444,56 442,18 Viáticos por día US$ 370,00 370,00 Total Viáticos US$ 1 110,00 1 480,00

Nombres y Apellidos David Abraham Edery Muñoz Javier Francisco Muñoz Cárdenas

Continente

Nro. días 3 4

América del Sur

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1635333-1

Disponen la prepublicación del proyecto de Reglamento para la Categorización y Calificación Turística de Restaurantes, en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 130-2018-MINCETUR Lima, 10 de abril de 2018 Visto, el Memorándum N° 122-2018-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002- MINCETUR, señalan que corresponde al MINCETUR, promover, orientar y regular la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2004-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Restaurantes, el cual establece las disposiciones para la categorización, calificación y supervisión del funcionamiento de los restaurantes; asimismo, establece los órganos competentes en dicha materia; Que, posteriormente, se aprobó la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, que contiene el marco legal para el desarrollo y la regulación de la actividad turística, estableciendo en su artículo 27 que son prestadores de servicios turísticos las personas naturales o jurídicas que participan en la actividad turística, con el objeto principal de proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas, estableciendo en el literal h) del Anexo Nº 1 de la citada norma que son prestadores de servicios turísticos los que prestan servicios de restaurantes; Que, desde la vigencia del Reglamento de Restaurantes se han expedido diversas normas, lo cual

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