Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2018 (13/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 13 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Ingeniero Agrónomo Marco Antonio Del Águila Lozano, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC del Ministerio de Agricultura y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Héctor Hidalgo Rojas, el puesto de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Datem del Marañón Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC del Ministerio de Agricultura y Riego, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1636953-4

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de zanahoria de origen y procedencia EE.UU.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0004-2018-MINAGRI-SENASA-DSV 28 de febrero de 2018 VISTO: El Informe ARP Nº 014-2016-MINAGRI-SENASADSV-SARVF de fecha 02 de mayo de 2016, el cual identifica y evalua los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios de semillas de Zanahoria (Daucus carota) de origen y procedencia Estados Unidos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial del Comercio; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente; Que, la Resolución Jefatural N° 0162-2017-MINAGRISENASA de fecha 07 de diciembre de 2017, aprueba la lista de mercancías agrarias reguladas por el SENASA, el glosario de términos que se les aplica y establece cinco categorías de riesgo fitosanitario que van del uno al cinco, donde están agrupadas las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente; Que, con la Resolución Directoral N° 342-2002-AGSENASA-DGSV establecieron los requisitos fitosanitarios para las semillas de hortalizas de todos los países; Que, ante los antecedentes de detección de plagas cuarentenarias en semillas de zanahoria de origen y procedencia EE.UU. se requiere la actualización de los requisitos fitosanitarios; la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, inició el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modificatoria y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas

Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - PEJSIB
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0163-2018-MINAGRI Lima, 12 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0053-2018-MINAGRI, de fecha 01 de febrero de 2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de febrero de 2018, se designó al señor Ingeniero Civil Alejandro Edgardo Ahumada Aspíllaga, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - PEJSIB del Ministerio de Agricultura y Riego; cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Ingeniero Civil Alejandro Edgardo Ahumada Aspíllaga, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - PEJSIB del Ministerio de Agricultura y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Agrónomo Edim Galvani Dávila Cajo, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua - PEJSIB del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1636953-5

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