Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2018 (29/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 29 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
Distrito Clasificación municipal

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Asignación de recursos por el cumplimiento de metas PI al 31 de diciembre del año 2017 (S/) 174,323 65,775 112,123 144,844 37,222 192,692 65,084 47,634 313,200 319,731 61,834 34,900 4,796,969 444,815 381,674 558,933 1,151,050 220,518 703,129 1,209,538 208,326 239,626 39,034 1,084,447 167,666 130,184 145,728 148,574 132,834 387,821,550



Ubigeo

Departamento

Provincia

1796 1797 1798 1799 1800 1801 1802 1803 1804 1805 1806 1807 1808 1809 1810 1811 1812 1813 1814 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824

240102 TUMBES 240103 TUMBES 240104 TUMBES 240105 TUMBES 240106 TUMBES 240201 TUMBES 240202 TUMBES 240203 TUMBES 240301 TUMBES 240302 TUMBES 240303 TUMBES 240304 TUMBES 250101 UCAYALI 250102 UCAYALI 250103 UCAYALI 250104 UCAYALI 250105 UCAYALI 250106 UCAYALI 250107 UCAYALI 250201 UCAYALI 250202 UCAYALI 250203 UCAYALI 250204 UCAYALI 250301 UCAYALI 250302 UCAYALI 250303 UCAYALI 250304 UCAYALI 250305 UCAYALI 250401 UCAYALI

TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES TUMBES CONTRALMIRANTE VILLAR CONTRALMIRANTE VILLAR CONTRALMIRANTE VILLAR ZARUMILLA ZARUMILLA ZARUMILLA ZARUMILLA CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO CORONEL PORTILLO ATALAYA ATALAYA ATALAYA ATALAYA PADRE ABAD PADRE ABAD PADRE ABAD PADRE ABAD PADRE ABAD PURUS

CORRALES LA CRUZ PAMPAS DE HOSPITAL SAN JACINTO SAN JUAN DE LA VIRGEN ZORRITOS CASITAS CANOAS DE PUNTA SAL ZARUMILLA AGUAS VERDES MATAPALO PAPAYAL CALLERIA CAMPOVERDE IPARIA MASISEA YARINACOCHA NUEVA REQUENA MANANTAY RAYMONDI SEPAHUA TAHUANIA YURUA PADRE ABAD IRAZOLA CURIMANA NESHUYA ALEXANDER VON HUMBOLDT PURUS TOTAL

CPB No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU CPB No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU CPB No CP, menos de 500 VVUU CPB No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, más de 500 VVUU No CP, menos de 500 VVUU

1642390-1 Alomía Robles de Huánuco y Universidad Nacional Diego Quispe Tito a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco y solamente cuentan con las carreras profesionales y especialidades que actualmente ofertan, hasta por el monto de CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 140 000 000,00), para implementar lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 30220, respecto de docentes ordinarios, conforme a lo dispuesto en los lineamientos para la implementación progresiva de la "Bonificación especial para el Docente Investigador" aprobados por Decreto Supremo N° 002-2017-MINEDU; Que, asimismo, el numeral 29.2 del artículo 29 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones o disposiciones que, para tal efecto, establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia, las mismas que se aprueban durante el primer cuatrimestre del presente año fiscal para la implementación progresiva de la "Bonificación especial para el Docente Investigador"; y el numeral 29.3 del mismo artículo 29 dispone que, para efecto de lo dispuesto en el literal b) del numeral 29.1 de dicho artículo, exceptúese a las universidades públicas de lo dispuesto en el artículo 6 y el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 30693, antes citada; Que, el artículo 86 de la Ley N° 30220 señala que el docente investigador es aquel que se dedica a la generación de conocimiento e innovación, a través de la

Establecen monto y características de la Bonificación Especial a favor del Docente Investigador en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 30220, Ley Universitaria y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversas universidades públicas
DECRETO SUPREMO N° 082-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2018, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las universidades públicas que se encuentren en proceso de constitución o hayan concluido con el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública al que se refiere el artículo 29 y la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y la Ley N° 30597, Ley que denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles al Instituto Superior de Música Público Daniel

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