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5 NORMAS LEGALES Jueves 16 de agosto de 2018 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir el Comité Gobierno Digital la Unidad Ejecutora 003: Secretaria General del Pliego N° 001: Presidencia del Consejo de Ministros; el cual está conformado de la siguiente manera: 1. El/la Secretario/a de Gobierno Digital, como representante de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, quien lo preside; 2. El/la Líder de Gobierno Digital3. El/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información 4. El/la Jefe/a de la O fi cina de Recursos Humanos 5. El/la Jefe/a de la O fi cina de Asuntos Administrativos; y, 6. El/la O fi cial de Seguridad de la Información El/la Líder de Gobierno Digital es un miembro del Gabinete de Asesores designado por el Titular de la entidad, mediante comunicación dirigida a quien preside el Comité de Gobierno Digital de la entidad. Artículo 2.- El Comité Gobierno Digital se encuentra encargado de la dirección, evaluación y supervisión del proceso de trasformación digital en la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de la implementación del Gobierno Digital; con el fi n de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos y planes institucionales, mejorando la prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía. Artículo 3.- El Comité de Gobierno Digital se instala en un plazo máximo de diez (10) días calendario, posteriores a la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 4.- El Comité de Gobierno Digital debe determinar la oportunidad de sus sesiones, lugares de reunión, registro de actas, así como los aspectos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 5.- Notifi car la presente resolución ministerial a los integrantes del Comité de Gobierno Digital. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 153-2015-PCM de fecha 12 de junio de 2015. Regístrese y comuníquese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1681098-1 Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante D.S. N° 091-2017-PCM RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 00065-2018-RCC/DE Lima, 15 de agosto de 2018VISTO: El Acuerdo N° 01 de la Trigésimo Octava Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el Informe N° 361-2018-RCC/PE y el Informe N° 310-2018-RCC/GL; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30556 aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante El Plan); Que, mediante Decreto Legislativo N° 1354, al amparo de la Ley N° 30776, se modi fi ca la Ley N° 30556, declarando prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley N° 30556, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1354, señala que mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad se aprueban las modi fi caciones de El Plan, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fi scales; tales modi fi caciones pueden incluir el cambio de entidad ejecutora, el cual se comunica a éstas. Dicho Acuerdo es formalizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de la Autoridad, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; Que, mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y sus modi fi catorias, se aprobó El Plan así como sus anexos, los cuales se encuentran publicados en el portal institucional de la Autoridad (www.rcc.gob.pe); Que, de acuerdo al Informe de vistos, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Legal de la Autoridad, emiten en el marco de sus competencias, opinión técnica y legal favorable para efectuar modi fi caciones a El Plan, relacionadas al cambio de entidades ejecutoras, exclusiones y precisiones de intervenciones relativas a los sectores Vivienda, Construcción y Saneamiento, Agricultura y Riego y Transportes y Comunicaciones (Red Subnacional–Caminos); Que, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica señala que es necesario modi fi car El Plan en los siguientes aspectos: i) cambio de unidades ejecutoras de 2 intervenciones en el sector Transportes - Red Subnacional - Caminos y de 1 intervención en el sector Saneamiento, cuyo costo referencial asciende a la suma de S/ 14´688,130; ii) exclusión de 2 intervenciones en el sector Saneamiento, cuyo costo referencial asciende a la suma de S/ 101´595,691; iii) precisión de 4 intervenciones en el sector Transportes - Red Subnacional – Caminos y de 1 intervención en el sector Saneamiento, cuyo costo referencial asciende a la suma de S/ 9´621,130; y de 5 intervenciones en el sector Agricultura, cuyo costo referencial asciende a la suma de a S/ 6´564,275; Que, mediante Acuerdo N° 01 de la Trigésima Octava Sesión de Directorio de la Autoridad celebrada el 14 de agosto de 2018, se aprobaron las modi fi caciones al Plan propuestas por la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y se autorizó al Director Ejecutivo de la Autoridad a formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; De conformidad con lo establecido en Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1354; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y modi fi catorias, a fi n de cambiar las unidades ejecutoras de las intervenciones del citado Plan, según se detalla en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Exclúyanse las intervenciones del Plan de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y sus modi fi catorias, según se detalla en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Efectúense las precisiones en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante