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9 NORMAS LEGALES Viernes 17 de agosto de 2018 El Peruano / análisis de superposición del mencionado predio, de acuerdo a las coordenadas UTM indicadas en el Plano Perimétrico N° 001/DC/GR-HCO del área del Proyecto de Adjudicación Individual a Título Gratuito y Cesión en Uso de Tierras del Estado denominado “Chinchavito”, concluyendo, entre otros, lo siguiente: “4.1.1 El área de Chinchavito se encuentra ubicada en el distrito de Chaglla de la provincia de Pachitea, con una super fi cie de 877.46 ha, de las cuales 821.49 ha que corresponde al 93.62 % de su super fi cie total, se encuentra dentro de la Zona 2B del BPP Huánuco. (…)4.1.4 Los Títulos de Propiedad de las parcelas y la R.D. N° 111-97-RAAC-DSRA-HCO que aprobó el Proyecto de Adjudicación Individual a Título Gratuito y Cesión en Uso de Tierras del estado denominado “Chinchavito”, corresponden a documentos otorgados por la Autoridad competente y acreditarían derechos preexistentes de las tierras materia de su solicitud, los cuales serían suficientes para proceder a la exclusión de áreas del BPP Huánuco y al redimensionamiento del mismo. 4.1.5 Ante la solicitud de redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente de Huánuco, se propone excluir el área de Chinchavito que se encuentra dentro de la Zona 2B, en cumplimiento de la normativa vigente (Resolución Ministerial 0549-2002-AG), a fi n de exceptuar del ámbito del BPP Huánuco super fi cies con derechos preexistentes reconocidos por la autoridad competente. (…)” Que, conforme al Cuadro N° 05: Super fi cie actual del BPP de Huánuco, inserto en el Informe Técnico N° 263-2017-SERFOR/DGIOFFS-DCZO-3619, de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, la super fi cie actual del Bosque de Producción Permanente Huánuco, en adelante BPP Huánuco, es 617 486.85 ha (seiscientos diecisiete mil cuatrocientos ochenta y seis hectáreas con ocho mil quinientos metros cuadrados), conforme se muestra a continuación: Super fi cie actual del BPP de Huánuco ZONAS SUPERFICIES (ha) ZONA 1ZONA 1A 257275.85117219.49 ZONA 1B 70251.36 ZONA 1C 69805 Super fi cie actual del BPP de Huánuco ZONAS SUPERFICIES (ha) ZONA 2ZONA 2A 360211156525 ZONA 2B 35616 ZONA 2C-1 6040 ZONA 2C-2a 22128 ZONA 2C-2b1 2086 ZONA 2C-2b2 33521 ZONA 2C-2c 1781 ZONA 2C-3a 4633 ZONA 2C-3b 5431 ZONA 2C-3c 39366 ZONA 2C-4 53084 TOTAL 617486.85 Que, el citado Informe Técnico Nº 263-2017-SERFOR/ DGIOFFS-DCZO-3619, propone que al redimensionarse la Zona 2B del BPP Huánuco, dicha zona quedaría con una super fi cie de 34794.91 ha, conforme al siguiente cuadro: Redimensionamiento de la Zona 2B del BPP de HuánucoZona 2B BPP Huánuco Área (ha) del Proyecto de Adjudicación Individual a Título Gratuito y Cesión en Uso de Tierras del Estado denominado “Chinchavito”, dentro del BPP de Huánuco (2)Área (ha) Final Resultante de la Zona 2B del BPP de Huánuco (1)-(2)Super fi cie (ha) ofi cial R.J. N° 096-2008-MINAGRISuper fi cie (ha) SIG (1) 35616.00 35616.40 821.49 34794.91 Que, asimismo, el referido Informe Técnico señala que como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la super fi cie total del BPP Huánuco (617 486.85 ha) se modi fi cará a una super fi cie de 616 665.76 ha, que incluye todas las zonas, conforme al siguiente cuadro: Super fi cie del BPP Huánuco, luego del redimensionamiento propuesto ZONA AREA OFICIAL (ha) DOCUMENTO LEGAL ZONA 1A 117219.49 RM N° 0179-2014-MINAGRI ZONA 1B 70251.36 RM N° 0806-2010-AGZONA 1C 69805.00RJ N° 096-2008-INRENAZONA 2A 156525.00 ZONA 2B 34794.91 ---------- ZONA 2C-1 6040.00 RJ N° 096-2008-INRENAZONA 2C-2a 22128.00 ZONA 2C-2b1 2086.00 ZONA 2C-2b2 33521.00 ZONA 2C-2c 1781.00 ZONA 2C-3a 4633.00 ZONA 2C-3b 5431.00 ZONA 2C-3c 39366.00 ZONA 2C-4 53084.00 TOTAL 616665.76 ------ Que, el Informe Legal N° 023-2018-MINAGRI- SERFOR-SG-OGAJ de fecha 19 de enero de 2018, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, señala y concluye, entre otros: “(…) 3.6 Al respecto, se debe precisar que ello no entraría en con fl icto alguno con nuestra actual normatividad; puesto que de igual forma que la Ley anterior otorgó competencias al Ministerio de Agricultura para establecer Bosques de Producción Permanente 1; del mismo modo, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en su artículo 28 literal a) dispuso que los Bosques de Producción Permanente se establecen mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI). (…) 4.7 Respecto de la super fi cie correspondiente a 71 has con 1300 m2 dispuesto por la Resolución Directoral N° 111-97-RAAC-DSRA-HCO para ser entregado en cesión en uso, ésta no acredita la condición de área privada; por lo que, no correspondería proponer la exclusión y el redimensionamiento respectivo, por la citada causal. Sin embargo, este supuesto se encuentra enmarcado en la causal “super fi cies con otras formas de uso reconocidas por la autoridad competente”; acreditando con ello un derecho preexistente a la creación del BPP Huánuco; por lo que, resulta viable proponer el redimensionamiento respectivo. 4.8 La titularidad sobre los predios no otorgan titularidad sobre los recursos forestales existentes en la super fi cie, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional, debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes, para el aprovechamiento de los recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente.” Que, en consecuencia corresponde aprobar mediante Resolución Ministerial el redimensionamiento del BPP