Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2018 (17/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Viernes 17 de agosto de 2018 /

El Peruano

así como, el literal h), referido al financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año para los docentes de institutos y escuelas de educación superior, a que se refieren el literal k) del párrafo 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30693, respectivamente; señalándose en el párrafo 26.5 que dichas modificaciones se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último; Que, mediante los Informes Nºs 457 y 463-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación informa que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en la categoría presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, se cuenta con recursos disponibles para financiar la creación de plazas docentes de las áreas de desempeño laboral de docencia y de gestión pedagógica para los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos y el fortalecimiento progresivo de las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas; en virtud de lo cual, con Oficios N°s 03177 y 03178-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, determina que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma total de S/ 11 516 086,00 (ONCE MILLONES QUINIENTOS DIECISÉIS MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de la creación de plazas docentes de las áreas de desempeño laboral de docencia y de gestión pedagógica para los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 1 304 300,00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), para el financiamiento del fortalecimiento progresivo de las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 12 820 386,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar la creación de plazas docentes de las áreas de desempeño laboral de docencia y de gestión pedagógica para los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos; y el fortalecimiento progresivo de las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas; Que, de otro lado, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico, dispone límites por la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios en las entidades del Gobierno Nacional señalados en el Anexo N° 3 "Pliegos sujetos al límite de gasto en bienes y servicios", donde se encuentra entre otros, el pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, siendo el límite de gasto para el citado pliego en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios de S/ 55 406 212,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados de S/ 4 650 146,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES); Que, el párrafo 4.2 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia Nº 005-2018 dispone que los límites de gasto establecidos en los literales a) y b) del párrafo 4.1, pueden ser excepcionalmente incrementados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, el Ministerio de Cultura, mediante el Oficio N° 900243-2018/DM/MC, solicita el incremento en el límite de gasto del pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios, de las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, conforme a lo establecido en el citado Decreto de Urgencia; De conformidad con lo establecido en el literal k) y h) del párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 12 820 386,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL TRECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la creación de plazas docentes de las áreas de desempeño laboral de docencia y de gestión pedagógica para los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos; y el fortalecimiento progresivo de las Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

11 516 086,00

5000671 : Desarrollo de la formación de artistas 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

249 782,00

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

1 054 518,00 ------------------12 820 386,00 =========== En Soles

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

11 516 086,00

5000671 : Desarrollo de la formación de artistas 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

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