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115 NORMAS LEGALES Sábado 25 de agosto de 2018 El Peruano / EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por Compartamos Financiera S.A, para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, en sesión de Directorio de fecha 19 de junio de 2018, se acordó la apertura de las referidas agencias; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Compartamos Financiera S.A. la apertura de dos (02) agencias según se detalla en el Anexo que acompaña a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas Anexo a la Resolución SBS Nº 3136-2018 Nº DistritoPro- vinciaDeparta- mentoDirección 1Coronel Gregorio Albarracín LanchipaTacna TacnaAsentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Cono Sur Este, Mz. 55, Lote 16 2 Villa María del Triunfo Lima LimaPueblo Joven Villa Poeta José Gálvez – Parcela “B”, Mz. 29, Lote 2 1684836-1 Aprueban modificación del estatuto social del Banco Financiero del Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 3261-2018 Lima, 22 de agosto de 2018LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Banco Financiero del Perú S.A., en adelante el Banco, para que esta Superintendencia autorice la modi fi cación parcial de su estatuto social; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, establece que toda modi fi cación estatutaria debe contar con la aprobación previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede su inscripción en Registros Públicos; Que, en la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco, llevada a cabo el día 19 de junio de 2018, se acordó por unanimidad la modi fi cación del artículo uno (1º) de su estatuto, con relación a la denominación social de la empresa; cuyo texto será el siguiente: La sociedad se denomina “BANCO PICHINCHA”, pudiendo utilizar válida e indistintamente la denominación “BANCO PICHINCHA DEL PERU”; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E” y el Departamento Legal, y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º de la Ley General y el procedimiento Nº 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos la modi fi cación del artículo uno (1º) del estatuto social del Banco Financiero del Perú S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo, y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1684531-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican el Decreto Regional N° 004-2016-Arequipa, mediante el cual se aprobó Lineamientos para calificar y aprobar proyectos de vivienda de interés regional DECRETO REGIONAL Nº 005-2018-AREQUIPA LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA VISTO:El Informe de Sesión de Directorio de Gerentes Nº 41- 2018-GRA/SG; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Regional Nº 004-2016-Arequipa, modi fi cado por el Decreto Regional Nº 001-2018-AREQUIPA, se aprobó “Lineamientos para Califi car y Aprobar Proyectos de Vivienda de Interés Regional en el marco de lo establecido en el inc. b) del artículo 77º, del Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda, Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”. Que, a través del Informe Nº 0313-2018-GRA/ GRVCS, la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita la modi fi cación del Decreto Regional Nº 004-2016-Arequipa, antes referido, a fi n de viabilizar la aplicación del mismo, proponiendo las modi fi caciones a realizarse.