Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2018 (25/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Sábado 25 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

117

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Prorrogan plazo de vencimiento para el pago de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2018
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2018-DA-MDMM Magdalena del Mar, 20 de agosto de 2018 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe N°283-2018-SGRCEC-MDMM de la Subgerencia de Recaudación ­ Control y Ejecutoria Coactiva, así como el Memorando N° 184-2018-GAJMDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N°28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza N°056-2017-MDMM, estableció en sus artículos primero y segundo las fechas de vencimiento para el pago de la tercera cuota de Impuesto Predial y Arbitrios municipales; Que la Subgerencia de Recaudación ­ Control y Ejecutoria Coactiva, propone a través del informe del visto, la ampliación para el vencimiento de la tercera cuota de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de parques y jardines, limpieza pública y seguridad ciudadana; Que mediante el in forme del visto , la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo del tercer vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2018, puesto que el Alcalde se encuentra facultado, conforme se señala en la Primera Disposición Final de la Ordenanza N°0562017-MDMM; Que, es política de esta gestión edil incentivar el cumplimiento del pago de las obligaciones de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N°27972-Ley Orgánica de las Municipalidades con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 05 de setiembre de 2018 el plazo de vencimiento de la tercera cuota para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Cuarto.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaria General la

publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FRANCIS ALLISON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1683330-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 644-2018-MPI Ilo, 12 de junio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Ilo, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de junio de 2018, visto el Dictamen Nº 22-2018-CDLIA-MPI, de la Comisión de Desarrollo Local, Institucional y Administración; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Ilo es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la referida Ley tiene por finalidad, establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Asimismo, el artículo 43º de la referida Ley, regula la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y señala que los Textos Únicos de los Procedimientos Administrativos deben cumplir con el propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tratan los administrados ante las distintas entidades del Estado. Que, el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, aprueba la metodología de simplificación administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad. Que, el artículo 39 numeral 39.1 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada

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