Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2018 (25/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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PROYECTO
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Sábado 25 de agosto de 2018 /

El Peruano

i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a "i". - Para las Metas de Gestión "Continuidad Promedio", "Presión Promedio" y "Actualización de Catastro Técnico Georreferenciado de Agua Potable y Alcantarillado":

N: es el número total de metas de gestión. i: es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las metas de gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión establecido por el Concejo Directivo a propuesta de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN BASE Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EPS GRAU S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE LA EPS GRAU S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 20182023 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable T1 = To (1 + 0.000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0.1300) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0.135) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0.1389) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + ) 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0.000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0.1300) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0.135) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0.1389) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0.000) (1 + )

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. En el caso de las Metas de Gestión "Continuidad Promedio" y "Presión Promedio", el valor resultante deberá redondearse a un decimal. - Para la Meta de Gestión "Ejecución del Fondo de Inversión Acumulado":

Donde: i: Es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Fa: Corresponde al monto del fondo de inversión del año regulatorio "a" a : Son los años hasta llegar a "i". Ea: Corresponde al monto ejecutado del fondo de inversión del año regulatorio "a". a: Corresponde al factor para determinar la meta de gestión cuyo valor es de 0,83. - Para la Meta de Gestión "Relación de Trabajo" y "Agua No Facturada":

Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente a la fecha de elaboración del estudio tarifario. T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor En el primer y quinto año del quinquenio regulatorio no se tienen previstos incrementos tarifarios por cargo variable, tanto en el servicio de agua potable como alcantarillado, en todas las localidades del ámbito de EPS GRAU S.A. Sin embargo, el cargo fijo ha tenido una actualización por los costos asociados a dicho concepto. Para el segundo año regulatorio, en las localidades del ámbito de EPS GRAU S.A., se tiene previsto un incremento tarifario en las tarifas de agua potable y alcantarillado de 13,0% para asumir: i) los costos de operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado, ii) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados, iii) la reserva para la formulación e implementación del

Donde: i: es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100% se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera:

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