Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2018 (01/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 1 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1612558-2

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia por desastre a consecuencia del movimiento sísmico ocurrido el 14 de enero de 2018, en algunos distritos de las provincias de Lucanas, Parinacochas, y Paucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho
DECRETO SUPREMO N° 012-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 del artículo 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante el Oficio N° 42-2018-GRA/GR de fecha 17 de enero de 2018 y el Oficio N° 50-2018-GRA/GR de fecha 22 de enero de 2018, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho solicitó al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), el trámite de la declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de Puquio, Sancos, San Cristóbal y Santa Lucia de la provincia de Lucanas, en los distritos de Coracora, Pullo, Chumpi y Puyusca de la provincia de Parinacochas, y en el distrito de Pausa de la provincia de Paucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por desastre a consecuencia del movimiento sísmico ocurrido el 14 de enero de 2018, con Epicentro a 56 km. al Sur del distrito de Lomas, provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en concordancia con el artículo 13 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o

Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, mediante el Oficio N° 0191-2018-INDECI/5.0 de fecha 23 de enero de 2018, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha remitido el Informe Técnico Nº 0001-2018-INDECI/11.0, de fecha 23 de enero de 2018, de la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, que teniendo en consideración el requerimiento formulado por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, informa que como consecuencia del movimiento sísmico ocurrido el 14 de enero 2018 con Epicentro a 56 km. al Sur del distrito de Lomas, provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa; se han identificado daños de magnitud en viviendas, alcantarillados, vías de comunicación, centros de salud, centros educativos, represas, canales de riego, entre otros, en nueve (09) distritos de tres (03) provincias del departamento de Ayacucho. Se indica en el citado informe que para la evaluación de los daños se ha considerado la información de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades Preliminar realizados en el lugar de los hechos; información que ha sido registrada a través del Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), y consolidada por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN); Que, para la elaboración del Informe Técnico N° 0001-2018-INDECI/11.0, y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) Información Técnica para solicitar la Declaratoria de Estado de Emergencia, por movimientos sísmicos ocurridos en las provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara de la región de Ayacucho, elaborado por el Área de Operaciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil del GORE Ayacucho, enero 2018; (ii) Formatos Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) de los distritos afectados del departamento de Ayacucho; (iii) Oficio Nº 50-2018-GRA/GR, del 22 de enero de 2018, que remite Información Técnica Complementaria para solicitar la Declaratoria de Estado de Emergencia, por movimientos sísmicos ocurridos en las provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara de la región de Ayacucho, elaborado por el Área de Operaciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil del Gobierno Regional de Ayacucho, de enero 2018; (iv) Reporte Complementario N° 065-21/01/2018/COENINDECI/15:00 HORAS, del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN); y, (v) Oficio N° 0582018-GRA/GR-GG-GRPPAT del 18 de enero de 2018, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho que informa que no cuentan con disponibilidad presupuestal para la atención de intervenciones y/o emergencias por desastres ante la ocurrencia de sismos y peligros asociados; Que, asimismo, en el Informe Técnico N° 0001-2018-INDECI/11.0 el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) informa sobre las acciones ejecutadas en las zonas afectadas precisando que éstas son insuficientes para la atención de la emergencia; señalando las acciones por realizar. Adicionalmente, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) indica que debido a que se ha sobrepasado la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Ayacucho ante la magnitud de los daños a consecuencia del mencionado sismo, resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional; recomendando que se declare el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario en los distritos de Puquio, Sancos, San Cristóbal y Santa Lucia de la provincia de Lucanas, en los distritos de Coracora, Pullo, Chumpi y Puyusca de la provincia de Parinacochas, y en el distrito de Pausa de la provincia de Paucar del Sara Sara, del departamento de Ayacucho, por desastre a consecuencia del

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