Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2018 (17/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de febrero de 2018 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a EE.UU. y encargan su Despacho a la Ministra del Ambiente
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2018-PCM Lima, 16 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM establecida en 1928, fue el primer órgano intergubernamental creado para asegurar el reconocimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres, estando constituida por 34 Delegadas Titulares, una por cada Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos ­ OEA, siendo el principal foro de debate y de formulación de políticas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género en las Américas; Que, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de Delegada Titular del Estado peruano, ejerce la Presidencia del Comité Directivo de la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM por el período 20162019; Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) Nº 004 del 18 de enero de 2018, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Carta Nº CIM 01-003-18 a través de la cual se le comunica que debe participar del evento por el 90º Aniversario de la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM a realizarse el 20 de febrero de 2018, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para presidir la Sesión del Consejo Directivo de la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM; Que, se indica en la referida Carta que en el citado evento debe presentar un balance sobre los logros, para identificar los desafíos que persisten para el pleno disfrute de los derechos de las mujeres, y para definir las prioridades que la CIM ha establecido como base de su trabajo para los próximos años; Que, de otro lado, a través del Facsímil (DGMDAS) Nº F ­ 006 del 24 de enero de 2018, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la invitación formulada por el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos ­ OEA, para que la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables participe de la Segunda Conferencia Extraordinaria de Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará MESECVI, a llevarse a cabo el 21 de febrero de 2018, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, al día siguiente del evento por el 90º aniversario de la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM; Que, uno de los objetivos de la citada Conferencia es concluir los trabajos de los Estados Parte en la elaboración de un nuevo Plan Estratégico para el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará ­ MESECVI creado el año 2004 como una metodología de evaluación sistemática y permanente, fundamentada en

un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas/ os, a fin de analizar los avances; así como los desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra las mujeres; Que, mediante Informe Nº 07-2018-MIMP/OCIN del 13 de febrero de 2018, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables manifiesta que la participación de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables en los citados eventos cumplirá con la responsabilidad asumida por el Perú en su condición de Presidenta de la CIM, con la finalidad de mejorar la implementación de las políticas públicas de protección y promoción de los derechos de las mujeres, así como promover la presencia del sector en espacios de concertación internacional; además, se precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por la Comisión Interamericana de Mujeres ­ CIM, no irrogando gastos al Estado; Que, en tal sentido y por ser de interés Sectorial y del país, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe en los referidos eventos; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, así como las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece, entre otros, que la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 al 22 de febrero de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente autorización no irroga gastos al Tesoro Público. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la señora ELSA GALARZA CONTRERAS, Ministra del Ambiente, a partir del 19 de febrero de 2018 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1617907-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.