Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2018 (17/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de febrero de 2018 /

El Peruano

y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Beneficencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando Nº 079-2018-MIMP/DGFC del 8 de febrero de 2018, la Dirección General de la Familia y la Comunidad ha solicitado la transferencia de recursos financieros, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y 91/100 SOLES (S/ 478,622.91), a favor de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de febrero de 2018 de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública, así como a un reintegro y al pago de planillas de remuneraciones de tres Sociedades de Beneficencia Pública correspondientes al mes de enero de 2018, cuya relación obra en el anexo adjunto al Informe Nº 008-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Beneficencias Públicas, el cual la referida Dirección General hace suyo; Que, con Memorando Nº 084-2018-MIMP/OGPP del 8 de febrero de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 034-2018MIMP/OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable y otorga la correspondiente Certificación Presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y 91/100 SOLES (S/ 478,622.91), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, específica de gastos "2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas" y de acuerdo a las metas presupuestarias señaladas en el Cuadro Nº 1 que obra en el referido Informe, para la transferencia financiera a favor de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP consignadas en el citado Cuadro, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de febrero de 2018 de las mencionadas Sociedades de Beneficencia Pública, así como a un reintegro y al pago de planillas de remuneraciones de los trabajadores de tres Sociedades de Beneficencia Pública correspondientes al mes de enero de 2018; Que, mediante Memorando Nº 048-2018-MIMP/ OGA del 12 de febrero de 2018, la Oficina General de Administración ha manifestado su conformidad con la transferencia financiera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando Nº 079-2018-MIMP/DGFC, al remitir el proyecto de resolución ministerial que aprueba la citada transferencia con su visto bueno correspondiente; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones de los pensionistas y trabajadores de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según anexo adjunto al Informe Nº 008-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, resulta pertinente emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y 91/100 SOLES (S/ 478,622.91), correspondiente al mes de febrero de 2018, a favor de las mencionadas Sociedades de Beneficencia Pública, así como a un reintegro y al pago de planillas de remuneraciones de los trabajadores de tres Sociedades de Beneficencia Pública correspondientes al mes de enero de 2018; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 26918, Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo ­ SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatorias;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y 91/100 SOLES (S/ 478,622.91), a favor de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de febrero de 2018 de las mencionadas Sociedades de Beneficencia Pública, así como a un reintegro y al pago de planillas de remuneraciones de los trabajadores de tres Sociedades de Beneficencia Pública correspondientes al mes de enero de 2018. Artículo 2.- La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Pública efectúan las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar sobre estas a la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deben ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Beneficencias Públicas, y la Oficina General de Administración, en el marco de sus competencias, son los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de la presente transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1617666-2

PRODUCE
Establecen indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos de los Programas Piloto en el marco del D.S. Nº 006-2016-PRODUCE, que establece disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2018-PRODUCE Lima, 14 de febrero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 001-2017-PRODUCE/ DPCHDI-lcerna de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, el Informe Nº 067-2017-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, el Informe Nº 377-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y el Informe Nº 067-2018-PRODUCE/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2016-PRODUCE se establecen disposiciones

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