Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2018 (17/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 17 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 1536-2017-DE/SG, del 20 de octubre de 2017, en los siguientes extremos:
- Representantes de la Fuerza Aérea del Perú: · Mayor General FAP RUBIO TRAVI José Antonio · Mayor General FAP CORONEL SERRANO Wilfredo Titular Alterno

- Representantes de la las Direcciones de Inteligencia de las Fuerzas Armadas: - Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú: · Mayor General FAP CAMACHO OLAVARRIA Marco Omar Titular · Coronel FAP LEIVA EYZAGUIRRE Wilder Alterno

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), conforme a lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 996-2012-DE/SG de fecha 06 de setiembre de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1617484-1

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Uruguay, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0193-2018 DE/EP Jesús María, 14 de febrero de 2018 VISTA: La Hoja Informativa Nº 031/DRIE/SECC RESOL del 30 de enero de 2018, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen Nº 168-2018/OAJE/L-1, del 30 de enero de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 37/C/17 del 12 de diciembre de 2017, el Comandante en Jefe del Ejército de la República Oriental del Uruguay comunica al Comandante General del Ejército del Perú, la invitación para que un (01) Oficial del Ejército del Perú participe como Alumno en el Curso de Estado Mayor, en el Instituto Militar de Estudios Superiores del Ejército Nacional de ese país, en el periodo comprendido del 01 de marzo al 30 de noviembre de 2018; asimismo, comunica que los costos del transporte internacional, tasas aeroportuarias, eventual exceso de equipaje, seguro médico, eventual viaje de estudios, hospedaje, alimentación y transporte local fuera de las actividades oficiales serán responsabilidad del Ejército visitante; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 002/ DIEDOCE/C-5.b, del 11 de enero de 2018, el Comandante General del Ejército ha propuesto la designación del Teniente Coronel EP Paul Edward ANTEZANA DE GREGORI, para participar como Alumno en el Curso de Estado Mayor en el Instituto Militar de Estudios Superiores del Ejército Nacional, en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 01 de marzo de 2018 al 30 de noviembre de 2018; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del

Teniente Coronel EP Paul Edward ANTEZANA DE GREGORI, lo que le permitirá especializarse y adquirir nuevos conocimientos doctrinarios en el citado curso, así como dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 20022021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración de la Subdirección de Desarrollo Profesional de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 16 de enero de 2018, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, conforme a lo señalado en el Dictamen Nº 168-2018/OAJE/L-1. del 30 de enero de 2018, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Teniente Coronel EP Paul Edward ANTEZANA DE GREGORI, para participar como alumno en el Curso de Estado Mayor en el Instituto de Estudios Superiores del Ejército Nacional, en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en el periodo comprendido del 01 de marzo de 2018 al 30 de noviembre de 2018; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26; y, conforme a su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, y, sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE; y, el Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 006-

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