Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2018 (17/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de febrero de 2018 /

El Peruano

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Y TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) 2017 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR Artículo Primero.- APROBAR, el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2017 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza y contiene ciento cuarenta y tres (143) procedimientos y servicios prestados en exclusividad por esta entidad; de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo Segundo.- APROBAR, el TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) 2017 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza y contiene treinta y nueve (39) Servicios No Exclusivos prestados por esta entidad; de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, para que en coordinación con la Gerencia de Administración General y la Gerencia de Planificación y Presupuesto implementen las acciones administrativas establecidas en las normas de la materia, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente disposición municipal. Artículo Cuarto.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº 07-2009-CM-MPM-A, de fecha 06 de mayo del 2009, en el que se aprueba el TUPA - 2009, de la Municipalidad Provincial de Melgar, y toda disposición municipal, así como todo acto administrativo o de administración que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Unidad de Tecnología Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Melgar (www.munimelgar.gob.pe); y a la Unidad de Imagen Institucional, su difusión en un lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la Municipalidad. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Artículo Séptimo.- ESTABLECER, que EL TUPA y TUSNE - 2017 de la Municipalidad Provincial de Melgar, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y archívese. VÍCTOR J. HUALLPA QUISPE Alcalde 1617299-1

Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, Informe N° 049-2017-ULEFASGLMMAAV-GDESM-MDM, de la Unidad Local de Evaluación y Fiscalización Ambiental, mediante el cual remite la Propuesta de Ordenanza Reglamento de Procedimiento para la atención de Denuncias Ambientales de la Municipalidad Distrital de Mala, y el Informe Nº 021-2018-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el cual opina por la procedencia de la presente, y; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política, tal como se establece en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el artículo II del "Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, donde se determinan sus facultades, para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe N° 049-2017-ULEFASGLMMAAV-GDESM-MDM, de fecha 13 de diciembre de 2017, la encargada de ULEFA, remite a Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, la propuesta de Proyecto de Ordenanza ­ Reglamento de Procedimiento para la atención de denuncias ambientales de la Municipalidad Distrital de Mala, mencionando que se hace con el asesoramiento del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA, a los cuales se asistió y enfocado en la elaboración de instrumentos legales en el marco del PLANEFA, solicitando además ponga en punto de agenda para que pueda aprobarse mediante Sesión de Concejo previo informe favorable de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° 1641-2017-SGLMMACAVGDESM-MDM, de fecha 13 de diciembre de 2017, la Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, remite a Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales el indicado proyecto de Ordenanza para proseguir con el tramite correspondiente; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, economía, y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. 195º de la Constitución Política del Perú, que a la letra dice: "Los Gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y las prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: "(...) 8. Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a Ley; Que, la Ley Orgánica citada, precisa que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población. (Artículo X, del Título Preliminar); Que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas con carácter exclusivo o compartido, en materia de Servicios públicos locales: 2.1. Saneamiento ambiental, salubridad y salud. Asimismo, en lo que concierne a la Protección y conservación del Ambiente, como es: Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales (Numeral 3.1.)

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Aprueban el Reglamento de Procedimiento para la Atención de Denuncias Ambientales ante la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2018-MDM Mala, 23 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA VISTO: El Concejo Municipal del distrito de Mala, en sesión Ordinaria de fecha 23 de enero del año en curso, con Informe Nº 1641-2017-SGLMMACAV-GDESM-MDM de la

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