Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2018 (17/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de febrero de 2018 /

El Peruano

REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil participan en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de La Punta para el ejercicio fiscal 2019, precisando además el cronograma de trabajo. Artículo 2º.- Base Legal La presente Ordenanza se sustenta en los siguientes dispositivos legales: · Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional. · Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú. · Ley Nº 30558, Ley de reforma del literal f del inciso 24 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú · Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. · Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Modificatorias. · Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto · Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y modificatorias. · Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad. · Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera. · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Resolución Directoral Nº 017-2017-EF/51.01,que aprueba el cronograma de presentación de información para el Cierre Contable del ejercicio fiscal 2017 de las Instituciones Públicas Descentralizadas, Organismos Descentralizados Autónomos y Universidades públicas. · TUO de la Directiva Nº 004-2015-EF/51.01, aprobado con Resolución Directoral Nº 014-2017-EF/51.01, que aprueba el cronograma de recepción y/o presentación de información Contable de cierre del ejercicio 2017 para los Gobiernos Locales. · Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01. · Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones · Directiva Nº 001-2017-EF/50.01, "Directiva de Programación Multianual", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 008-2017-EF/50.01. Artículo 3º.- Finalidad La finalidad del presente reglamento es generar las condiciones para promover un proceso técnico participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, con el fin de planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa al Presupuesto Institucional del año fiscal 2019 teniendo como marco el Plan de Desarrollo Local Concertado 2016-2021. Artículo 4º.- Ámbito y alcance El ámbito para la realización del Proceso de Presupuesto Participativo 2019 comprende: la Sociedad Civil, Organizaciones Sociales de Base y Entidades Públicas y Privadas del Distrito de La Punta.

TÍTULO II DEL ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 5º.- Alcalde · Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. · Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. · Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. · Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo 2019, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. · Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. · Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados durante el proceso del Presupuesto participativo. · Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos adoptados. · Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Artículo 6º.- Del Concejo Municipal · Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. · Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. · Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad. Artículo 7º.- Del Consejo de Coordinación Local Distrital · Participar y promover activamente el proceso. · Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales o locales. · Coordinar la incorporación de proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente. · Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. Artículo 8º.- Agentes Participantes · Participar activamente con voz y voto en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. · Suscribir actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. · Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. · Otros que demande el proceso. Artículo 9º.- Equipo Técnico · Brindar asistencia técnica y apoyo para la organización y normal desarrollo del proceso. · Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. · Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos. · Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera. Artículo 10º.Presupuesto Oficina de Planeamiento y

· Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los

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