Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2018 (19/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 19 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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2018, es de 1.0000 para las tres Canastas de Servicios C, D, y E; Que, conforme a lo dispuesto en la Sección I.1.1 del Instructivo de Tarifas, en concordancia con lo estipulado en los literales b) y g) de la Sección 9.03 de los contratos de concesión de Telefónica, corresponde al OSIPTEL evaluar las solicitudes de ajuste trimestral de tarifas y la información pertinente que presenta Telefónica, a fin de comprobar que las tarifas propuestas sean acordes con la fórmula de tarifas tope y, asimismo, verificar que tales propuestas tarifarias cumplan con las demás reglas establecidas en el Instructivo de Tarifas; Que, luego de evaluar las propuestas tarifarias presentadas por Telefónica, con su respectiva información de sustento, se ha comprobado que las tarifas propuestas para los Servicios de Categoría I pertenecientes a las Canastas C, D y E, que son consideradas en el presente ajuste trimestral correspondiente al periodo marzo-mayo 2018, cumplen con el nivel exigido por el Factor de Control aplicable y con las reglas establecidas en el Instructivo de Tarifas; Que, forma parte de la motivación y sustento de la presente resolución el Informe N° 00046-GPRC/2018 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicación de lo previsto en los artículos 28, 33 y el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión N° 663; SE RESUELVE: Artículo 1.- Fijar en 1.0000 el valor del Factor de Control aplicable para el Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I de las Canastas C, D y E, prestados por Telefónica del Perú S.A.A., que se establece mediante la presente resolución de acuerdo al régimen de fórmulas de tarifas tope. Artículo 2.- Establecer las variaciones de las tarifas tope para cada una de las Canastas de Servicios C, D y E, que regirán a partir del 1 de marzo de 2018, en cero por ciento (0.00%). Artículo 3.- Precisar que, conforme al ajuste tarifario establecido mediante la presente resolución, las tarifas tope de todos los Servicios de Categoría I prestados por Telefónica del Perú S.A.A. se mantienen en sus niveles vigentes, por lo que no se requiere una nueva publicación de dichas tarifas. Artículo 4.- Precisar que, de acuerdo al ajuste trimestral que se aprueba mediante la presente resolución, dentro del régimen de fórmulas de tarifas tope y según la normativa vigente, en las Canastas C, D y E no se cuenta con crédito en el presente ajuste tarifario. Artículo 5.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución, será sancionado conforme a lo previsto en los contratos de concesión de los que es titular Telefónica del Perú S.A.A. y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones aprobado por el OSIPTEL. Artículo 6.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, con su exposición de motivos y su Informe Sustentatorio, sean notificados a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y se publiquen en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http:// www.osiptel.gob.pe). Artículo 7.- La presente resolución entrará en vigencia el 1 de marzo de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1616957-1

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Encargan funciones de brindar acceso a la información pública del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004026 Lima, 5 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N.º 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698 y modificado por la Ordenanza N.º 1881, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad, así como la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT; Que, con Resolución Jefatural N.° 001-004-00003668 de fecha 9 de febrero de 2016, se designó a la señora Patricia Geiser Caballero Morán en su calidad de Gerente de Impugnaciones del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 15 de febrero de 2016; Que, a través del Memorando N.° 187-092-00022653 recibido el 2 de febrero de 2018, la Gerencia de Recursos Humanos, en atención al Memorando N.° 179-09200003853 emitido por la Gerencia Central de Normativa, comunica que la citada funcionaria hará uso de su descanso vacacional del 5 al 19 de febrero de 2018, por lo que solicita la emisión de la resolución jefatural que encargue, durante dicho periodo, la Gerencia de Impugnaciones del SAT al señor Félix Rubén Espinoza Jiménez, en adición a su funciones como Especialista de Impugnaciones IV; Que, en ese sentido, mediante Resolución jefatural N.° 001-004-00004025 de fecha 5 de febrero de 2018, se encargó la Gerencia de Impugnaciones del SAT al señor Félix Rubén Espinoza Jiménez, del 5 al 19 de febrero de 2018, en adición a sus funciones como Especialista de Impugnaciones IV; Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.º 1698 y modificado por Ordenanza N.º 1881; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar al señor Félix Rubén Espinoza Jimenez, como funcionario responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, durante el periodo del 5 al 19 de febrero de 2018, en calidad de Gerente encargado de la Gerencia de Impugnaciones del SAT. Artículo 2°.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL PILAR CABALLERO ESTELLA Jefa (e) del Servicio de Administración Tributaria 1617501-1

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