Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2018 (11/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 11 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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· Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos aerotransportados. · Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc). b) Otros Servicios Vinculados a las Actividades de Exploración Minera: · Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto. · Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorías destinados a las actividades de exploración minera. · Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera. · Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera. · Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración. · Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos. · Servicios médicos y hospitalarios. · Servicios relacionados con la protección ambiental. · Servicios de sistemas e informática. · Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. · Servicios de seguridad industrial y contraincendios. · Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. · Servicios de seguros. · Servicios de rescate, auxilio. 1667618-1

Legislativo N° 1068, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas forman parte de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, teniendo los Procuradores Públicos Anticorrupción nivel de Procuradores Públicos Adjuntos; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 13 de junio de 2018, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, acordó proponer la designación del abogado Carlos Fernando Valverde Valderrama como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de La Libertad; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al abogado Carlos Fernando Valverde Valderrama, como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de La Libertad. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1668579-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de La Libertad
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2018-JUS Lima, 10 de julio de 2018 VISTO, el Oficio N° 2808-2018-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Ministro del sector correspondiente; Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución y obligación del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto

PRODUCE
Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas para financiar proyectos con recursos del FIDECOM
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 295-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 4 de julio de 2018 VISTOS, el Informe No. 060-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y el Memorando Nº 083-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, cuya finalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto de Urgencia N° 030-2008. Fondo administrado por el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, creado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE. Que, conforme lo dispuesto en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias

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