Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2018 (06/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 6 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

67

el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, el concejo municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE PREVIENE, PROHIBE Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCIDO EN CONTRA DE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN O TRANSITEN EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza tiene por objeto proteger los derechos fundamentales de las personas frente a comportamientos físicos o verbales de índole sexual que se realicen en un espacio público en el distrito de San Miguel. Artículo 2º.- DEFINICIONES Para un mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicación de la presente ordenanza, considérense las siguientes definiciones: 2.1. Acoso Sexual en Espacios Públicos. El concepto, los elementos constitutivos y las manifestaciones del Acoso Sexual se encuentran detallados en los artículos 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 30314, Ley para Prevenir y Sancionar el Acoso Sexual en Espacios Públicos, a la cual nos remitimos. 2.2. Establecimiento. Inmueble, parte del mismo o instalación determinada con carácter de permanente, en la que se desarrollan actividades económicas con o sin fines de lucro. 2.3. Obras en proceso de Edificación. Es el proceso constructivo de un predio. 2.4. Espacio Público. Son las superficies de uso público como: calles, avenidas, parques, plazas, pabellones municipales, estaciones o paraderos de transporte público, entre otros. Artículo 3º.- PRIORIDAD DE LA MUNICIPALIDAD Declarar como prioridad del municipio, la prevención, prohibición y sanción de las personas frente al acoso sexual en espacios públicos en el distrito, con énfasis en la protección de las niñas, niños, adolescentes y mujeres. TÍTULO II MEDIDAS CONTRA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS CAPÍTULO I MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE ACTOS DE ACOSO SEXUAL Artículo 4º.- CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN La Municipalidad a través de la Gerencia de Desarrollo Humano y de sus unidades orgánicas, como la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA), promoverán e impulsarán propagandas municipales, así como campañas educativas e informativas con la finalidad de sensibilizar y comprometer a la población al ejercicio de conductas sanas y saludables en la comunidad. Asimismo se promoverán e impulsarán campañas educativas e informativas con la finalidad que la colectividad, los centros educativos, sus estudiantes, las/los conductores de los establecimientos, las/los propietarios, trabajadores y residentes de obras en proceso de edificación, tomen pleno conocimiento del contenido de la presente ordenanza. Artículo 5º.- DE LA LABOR DEL SERENAZGO Los/las miembros del Serenazgo del municipio,

prestarán auxilio y protección a la víctima de acoso sexual en espacios públicos en el marco de sus competencias. Entre dichas acciones deberán: 5.1. Planificar y ejecutar operaciones de patrullaje general y selectivo para la prevención del acoso sexual en espacios públicos. 5.2. Garantizar la tranquilidad y seguridad de las personas que transitan en la vía pública con énfasis en las mujeres, niños, niñas y adolescentes. 5.3. Orientar al ciudadano/a cuando requiera algún tipo de información respecto de la atención frente al acoso sexual en espacios públicos. 5.4. Supervisar el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 6º.- CARTELES DE ADVERTENCIA La Municipalidad a través de la Gerencia de Imagen Institucional diseñará y dispondrá la colocación de carteles en idioma español con una medición mínima de 1.00 m de alto x 1.50 m de ancho, con el apoyo de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad en los espacios públicos como parques, paraderos, plazas, mercados, inmediaciones de centros educativos, u otros similares, con la siguiente leyenda:
"SE ENCUENTRA PROHIBIDO REALIZAR COMPORTAMIENTOS FÍSICOS O VERBALES DE NATURALEZA O CONNOTACIÓN SEXUAL QUE AGRAVIEN A CUALQUIER PERSONA QUE SE ENCUENTRE Y/O TRANSITE POR ESTE DISTRITO" ORDENANZA Nº 359/MDSM BAJO PENA DE MULTA

Asimismo se dispondrá el uso de mecanismos tecnológicos de grabación y video con el fin de inhibir y detectar conductas de dicha índole. Artículo 7º.OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, PROPIETARIOS, TRABAJADORES Y RESIDENTES DE OBRAS EN PROCESO DE EDIFICACION Las y los conductores de los establecimientos que desarrollen actividades económicas, así como las/ los propietarios, trabajadores y residentes de obras en proceso de edificación se encuentran obligados/as a cautelar el respeto hacia las mujeres, hombres, niños y niñas evitando el acoso sexual en espacios públicos, debiendo difundir la presente ordenanza y brindar capacitación al personal a su cargo sobre el tema. Artículo 8º.SEÑALIZACIÓN EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y OBRAS EN PROCESO DE EDIFICACIÓN Las y los conductores de los establecimientos en lo que se desarrollen actividades económicas, así como en las obras en proceso de edificación deberán colocar de forma tal que garantice su visibilidad, carteles o anuncios en idioma español con una medición aproximada de 50 cm de alto x 70 cm de ancho, con la siguiente leyenda:
"SE ENCUENTRA PROHIBIDO REALIZAR COMPORTAMIENTOS FÍSICOS O VERBALES DE CONNOTACIÓN SEXUAL QUE AGRAVIE A CUALQUIER PERSONA QUE SE ENCUENTRE Y/O TRANSITE POR ESTE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y/U OBRA EN EDIFICACIÓN" ORDENANZA Nº 359/MDSM BAJO PENA DE MULTA

CAPÍTULO II CAPACITACIÓN AL PERSONAL Artículo 9º.- CAPACITACIÓN A FUNCIONARIOS/AS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO La Municipalidad, a través de la Gerencia de Desarrollo Humano realizará y/o gestionará la capacitación sobre la problemática del acoso sexual en espacios públicos a los funcionarios/as, personal administrativo y miembros del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.