Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2018 (07/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 7 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

15

instituciones internacionales, de ser el caso, conforme a la normativa vigente. Artículo 6.- Apoyo de las entidades del Poder Ejecutivo El Proyecto Especial cuenta con el apoyo necesario de las demás entidades del Poder Ejecutivo para el mejor cumplimiento de sus actividades; pudiendo solicitarles la información que consideren pertinente, de acuerdo al marco normativo vigente. Artículo 7.- Plazo La vigencia del Proyecto Especial creado mediante el presente Decreto Supremo se extiende hasta los ciento veinte (120) días hábiles posteriores a la culminación de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo 8.- Designación de coordinadores En el plazo no mayor de cinco (5) días contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, todos los Ministerios comunican al Proyecto Especial la designación de la persona que se encargará de realizar las acciones de coordinación por parte de su Sector, como parte de las actividades de conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional. Dicha designación se formaliza mediante la respectiva Resolución Ministerial. Articulo 9.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de su publicación en el dario oficial El Peruano. Artículo 10.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Aprobación del Manual de Operaciones El Ministerio de Cultura aprueba mediante Resolución Ministerial el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, en un plazo que no exceda los sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Segunda.- Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú El Proyecto Especial, a través del Ministerio de Cultura, presenta para aprobación del Consejo de Ministros, el proyecto de Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Tercera.- Normas Complementarias Facúltase al Ministerio de Cultura a aprobar mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Cuarta.- Transferencia de acervo documentario de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú En un plazo no mayor de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 246-2016-PCM trasfiere al Proyecto Especial, a través del Ministerio de Cultura, el acervo documentario que esta posea; así como el informe de cierre que da cuenta sobre las actividades y resultados obtenidos durante su funcionamiento.

Quinta.- Subsistencia de los acuerdos adoptados por la Comisión Multisectorial Los acuerdos adoptados por la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 246-2016-PCM, podrán mantenerse subsistentes hasta su culminación, previa ratificación del Proyecto Especial, el mismo que deberá estar contenido en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú a ser presentada al Consejo de Ministros en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Final de la presente norma. Dicha ratificación está sujeta a la disponibilidad presupuestaria respectiva. Sexta.- Vigencia del presente Decreto Supremo El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación, con excepción de la Única Disposición Complementaria Derogatoria que entra en vigencia al término del plazo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación de la Resolución Suprema N° 246-2016-PCM Derógase la Resolución Suprema N° 246-2016-PCM, que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1657057-3

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 705-2018 DE/MGP Lima, 4 de junio de 2018 Vista, la Carta G.500-1903 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 10 de abril de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 19 de diciembre de 2017, el Jefe del Estado Mayor de la Armada Española ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que efectúe una visita profesional a la Armada del Reino de España durante el año 2018, con el objeto de fomentar el conocimiento mutuo y estrechar lazos de amistad entre ambas Instituciones; Que, con Carta V.200-009 de fecha 5 de enero de 2018, el Comandante General de la Marina hace de conocimiento al Jefe del Estado Mayor de la Armada Española, que ha aceptado la invitación antes mencionada, y que de acuerdo a coordinaciones viajará a dicho país, del 11 al 14 de junio de 2018, acompañado de UN (1) Oficial Ayudante, a fin de realizar la referida visita profesional; Que, por Oficio P.200-0754 de fecha 23 de marzo de 2018, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.