Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2018 (07/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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VISTO:

NORMAS LEGALES

Jueves 7 de junio de 2018 /

El Peruano

El Informe Nº 00060-2018-MIDIS/P65-DE/URH, de la Unidad de Recursos Humanos y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Directoral Nº 056-2018-MIDIS/P65-DE de fecha 09 de mayo de 2018, se designó al señor Saúl Nicolás Romero Chávez, en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", el mismo que ha formulado su renuncia irrevocable. Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo de confianza de acuerdo a lo previsto en la Estructura de Cargos, según el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 087-2018-MIDIS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de marzo de 2018; Que, de acuerdo al documento de Visto, la Unidad de Recursos Humanos, señala que el perfil del profesional, Hugo Armando Aliaga Gastelumendi, propuesto para ocupar el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", cumple con los requisitos establecidos en el Clasificador de Cargos, además de encontrarse vacante y debidamente presupuestada; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visto del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, y de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 01 de junio de 2018, la renuncia formulada por el señor Saúl Nicolás Romero Chávez al cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, al señor HUGO ARMANDO ALIAGA GASTELUMENDI en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65". Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con

la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65". Regístrese y comuníquese. JULIO MENDIGURE FERNANDEZ Director Ejecutivo Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" 1656815-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 207-2018-EF/15 Lima, 5 de junio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, se dispone que en el caso de enajenación de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisición o construcción reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF, los índices de corrección monetaria serán fijados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual será publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes; Que, en tal sentido, es conveniente fijar los referidos índices de corrección monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas

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