Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2018 (12/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 12 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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del Dr. WENCESLAO TEDDY MEDINA ESPINOZA, para participar del Primer Simposio Perú Global 2021: PRACTICA DE LA EXCELENCIA EN LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, a llevarse a cabo en Boston Estados Unidos y a la XIV CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS, evento que se llevará a cabo en la Habana Cuba; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 8° de la Ley N° 30220, cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; por lo que, las universidades se rigen por su propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; el Estado reconoce la Autonomía Universitaria, es por ello que la autonomía inherente a la Universidad Nacional del Altiplano - Puno se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución y disposiciones contenidas en la Ley Universitaria N° 30220, TUO del Estatuto Universitario vigente y demás normativa aplicable para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; consiguientemente, en el marco de los fines anunciados de esta Universidad, se tiene preparar y capacitar permanente a sus docentes dedicados a la enseñanza, investigación, extensión, bienestar y proyección social; Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad. También es de consideración mencionar, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, obra en autos, el Plan de Trabajo denominado "Primer Simposio Perú Global 2021: Prácticas de Excelencia en la Gestión de la Investigación" y "XIV Conferencia Internacional sobre Ciencia y Tecnología de los Alimentos (CICTA - 14), del cual se desprende que el objetivo general de LASPAU afiliado a Harvard es compartir prácticas exitosas de gestión de la investigación en universidades de alto desempeño como Harvard University, Massachusetts Institute of Technology (MIT) University of Massachusetts, Northeasterm University entre otras universidades, en el presente caso, dicha actividad estará representado por el Vicerrector de Investigación; simultáneamente, Perú Global 2021 incluirá sesiones en temas como programas para la promoción de la innovación en investigación en ciencias y tecnología, factores claves en la promoción de la investigación en universidades de alto desempeño, gestión de centros de investigación y laboratorios, ejemplos creativos de colaboraciones de investigación, entre universidades; universidad - gobierno - empresa; parques tecnológicos entre otros temas. Boston fue identificada por el World Economic Forum 2018 como una de las ciudades más innovadoras en el mundo. En este contexto, el simposio incorporará en las discusiones el papel de las universidades en la promoción de la innovación en el contexto regional.; Que, en ese contexto, de conformidad con el documento de vistos, el Vicerrectorado de Investigación solicita autorización del viaje al Dr. WENCESLAO TEDDY MEDINA ESPINOZA, del 23 de mayo al 03 de junio del 2018, para que asista al "PRIMER SIMPOSIO PERÚ GLOBAL 2021: PRÁCTICAS DE EXCELENCIA EN LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN1' Y "XIV CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS (CICTA - 14); consiguientemente, se eleva a instancia superior para su respectiva aprobación;

Estando a la documentación sustentatoria de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la Oficina General de Asesoría Jurídica de esta Universidad signada con la OPINIÓN LEGAL N° 252-2018-OGAJ-UNA-PUNO (24-04-118) de autorizar el viaje al extranjero en Comisión de Servicios al Vicerrector de Investigación de la UNA-Puno, Dr. WENCESLAO TEDDY MEDINA ESPINOZA del 23 de mayo al 03 de junio del presente año, para asistir al Primer Simposio Global 2021; PRACTICA DE LA EXCELENCIA EN LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN a llevarse a cabo en Boston Estados Unidos, y al XIV CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS, evento a llevarse a cabo en la Habana Cuba; y, con el dictamen del Despacho Rectoral; En el marco de las atribuciones que la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto Universitario, Resolución de Asamblea Universitaria Transitoria N° 002-2015-AUT-UNA y Resolución Rectoral N° 1376-2015-R-UNA confieren al Rectorado de esta Casa Superior de Estudios; Con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al extranjero en Comisión de Servicios al Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, Dr. WENCESLAO TEDDY MEDINA ESPINOZA del 23 de mayo al 03 de junio de! presente año, para asistir al PRIMER SIMPOSIO PERÚ GLOBAL 2021: PRACTICA DE LA EXCELENCIA EN LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN a llevarse a cabo en Boston Estados Unidos; y, a la XIV CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS que se llevará a cabo en la Habana Cuba, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo al Vicerrectorado Académico y de Investigación, Dirección General de Administración, Secretaría General, Oficina General de Recursos Humanos, y demás dependencias correspondientes a esta Institución, para efectos de su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PORFIRIO ENRIQUEZ SALAS Rector 1657863-3

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 930-2018 Arequipa, 7 de junio del 2018 Visto el escrito de fecha 01 de junio de 2018, presentado por la Dra. Zunilda Noemy Cabrera del Carpio de Morales, Profesora Principal a Dedicación Exclusiva adscrita al Departamento Académico de Química de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, por el que, en calidad de docente Investigadora Principal de un Proyecto de Investigación, solicita autorización de viaje al extranjero con fines de investigación. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica

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