Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2018 (20/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 20 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

27

Que, el Decreto Supremo N° 008-2017-SA aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias, contemplando como Órgano Desconcentrado del Ministerio de Salud a los Hospitales e Institutos, encontrándose dentro de ellos el Hospital de Huaycán; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, establecen que la aprobación del Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP-P), en el caso de los Ministerios, se realiza mediante la Resolución Ministerial del Titular del Sector, condicionada al informe de opinión favorable emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR; Que, a través de los documentos del Visto, la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR emite opinión favorable a la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital de Huaycán, recomendando su aprobación; Con el visado de la Directora General de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014 -PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/ PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital de Huaycán. Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital de Huaycán, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en el portal del Hospital de Huaycán (www.hospitalhuaycan.gob.pe), así como también será publicado en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1661588-7

VISTOS: Las Comunicaciones JI-443/18, JI-444/18 y JI-445/18, recibidas el 11 y 22 de mayo de 2018 de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A, la Orden de Inspección N° 1422-2018-MTC/1.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, el Informe N° 271-2018MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, el Informe N° 300-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, el Memorándum N° 1482-2018MTC/02.AL.PPB de la asesora del VMT, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú señala que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, los artículos 46 y 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establecen que la Dirección General de Aeronáutica Civil ejerce la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú y se encarga de fomentar, normar y administrar el desarrollo de las actividades de transporte aéreo y la navegación aérea civil dentro del territorio peruano; y está integrada entre otros, por la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la cual es responsable de normar y vigilar el estricto cumplimiento de los estándares de seguridad, otorgar, convalidar y renovar los certificados de idoneidad técnica del personal y material aeronáutico, operadores aeronáuticos y otros afines, así como es responsable de normar y vigilar la prestación de los servicios de navegación aérea; Que, mediante Comunicaciones JI-443/18, JI-444/18 y JI-445/18, recibidas el 11 y 22 de mayo de 2018, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. solicitó a la Dirección General de Aeronáutica Civil, la designación de un inspector DGAC para realizar el chequeo técnico inicial en simulador de vuelo y chequeo técnico inicial como instructor de vuelo a su personal aeronáutico conformado por los señores Guillermo Palma Gonzales, Fernando Bellina Pflucker, Arturo Landaure Santa Maria y Luisa Levano Gutiérrez, en el avión en la ruta San Salvador ­ Lima, en el equipo A-320, desde el 26 al 28 de junio del presente año; Que, mediante el Informe N° 300-2018-MTC/12.04, del 28 de mayo de 2018, la Dirección General de Aeronáutica Civil concluye que resulta viable la autorización del viaje por servicio programado del inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil durante los días 26 al 28 de junio de 2018, sustentando su opinión técnica en el Informe N° 271-2018-MTC/12.04 del 5 de mayo de 2018, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica mediante el cual informa que la citada empresa ha cumplido con presentar los requisitos señalados en Procedimiento N° 05 del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y señalando que la autorización del viaje no irrogará gasto al tesoro público toda vez que el costo del respectivo viaje de inspección, está íntegramente cubierto por la empresa solicitante de los servicios incluyendo el pago de los viáticos y la tarifa única de uso de aeropuerto; Que, respecto al monto de los viáticos a ser asignados para el servicio programado del presente

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador y Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 450-2018 MTC/01.02 Lima, 15 de junio de 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.