Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2018 (20/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de junio de 2018 /

El Peruano

Supremo N° 012-2017-MIDIS y el Decreto Supremo N° 005-2018-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que constituye el documento técnico normativo de gestión que determina la estructura, funciones generales del programa social, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo del programa; Que, el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: t) Autorizar las acciones y contrataciones de personal, bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y en el marco de la legislación vigente; Que, el artículo 4° de la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público señala que el personal del empleo público se clasifica en: i) Funcionario Público, ii) Empleado de Confianza, y, iii) Servidor Público; definiéndose al Empleado de Confianza como "El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad..."; Que, mediante Resolución Ministerial N° 134-2018-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en cumplimiento a la Directiva 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", modificada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR-PE, instrumento de gestión que ha sido reordenado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 217-2018-MIDIS/PNAEQW; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 192-2018-MIDIS/PNAEQW, se designa a la señora Lili Carmen Sánchez Vera, en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, clasificado como Empleado de Confianza (EC); Que, mediante Carta s/n con Registro N° 000499132018, la señora Lili Carmen Sánchez Vera ha formulado su renuncia al cargo de Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Informe N° 183-2018-MIDIS/ PNAEQW-URH, la Unidad de Recursos Humanos concluye que la Dirección Ejecutiva deberá emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia formulada por la señora Lili Carmen Sánchez Vera al cargo de Jefa de la Unidad de Comunicaciones e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Informe N° 645-2018-MIDIS/ PNAEQW-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la solicitud de la señora Lili Carmen Sánchez Vera, señalando que corresponde a la Dirección Ejecutiva expedir la resolución administrativa, en atención a las facultades establecidas en el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial 283-2017-MIDIS; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS, Decreto Supremo N° 004-2015-MIDIS, Decreto Supremo N° 012-2017-MIDIS

y por Decreto Supremo N° 005-2018-MIDIS, que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y, la Resolución Ministerial N° 133-2018-MIDIS que designa al señor Mario Gilberto Ríos Espinoza como Director Ejecutivo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; SE RESUELVE: Artículo 1.- Renuncia al cargo de Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen Aceptar la renuncia formulada por la señora Lili Carmen Sánchez Vera, en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, clasificado como Empleado de Confianza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Conocimiento de la Unidades Orgánicas del Programa Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, hacer de conocimiento de la presente Resolución a las Unidades Territoriales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo, y Técnicas, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- Notificación Notificar el presente acto a la señora Lili Carmen Sánchez Vera, para conocimiento y fines. Artículo 4.- Publicación en Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional Disponer la publicación de la presente, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese. MARIO GILBERTO RIOS ESPINOZA Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1661475-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 134-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, de acuerdo a lo previsto en el párrafo 24.1 del artículo 24 de la Ley N° 30693, se autoriza al Ministerio de Salud para realizar reajustes en las valorizaciones que formen parte de la Compensación Económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado; Que, el párrafo 24.4 del artículo 24 de la Ley N° 30693 autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones

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