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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (30/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 30 de junio de 2018 El Peruano / INTERPRETACIÓN O APLICACIÓN DE DISPOSICIONES NORMATIVAS O REGULATORIAS”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo correspondiente en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 3 .- Disponer la difusión de la presente resolución, su anexo correspondiente y del Informe de visto, en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese,ROSA VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1664949-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 031-2018-CONCYTEC-SG Lima, 28 de junio de 2018VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 020-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el O fi cio Nº 254-2018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 181-2018-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP denominada “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos fi nancieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante O fi cio Nº 254-2018-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de una persona jurídica privada, Universidad Peruana Cayetano Heredia, señalando que los recursos solicitados permitirán co fi nanciar programas de investigación, en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 155-2015-FONDECYT-DE, y en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 156-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 020-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de persona jurídica privada, de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por un monto total ascendente a S/ 2’042,849.76 (Dos Millones Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve y 76/100 Soles), para co fi nanciar programas en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan copia del Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000305, N° 0000000307, N° 0000000319, N° 0000000320, N° 0000000322 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 155-2015-FONDECYT-DE, y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 156-2015-FONDECYT-DE, y; Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas (Universidad Peruana Cayetano Heredia) para cofi nanciar los programas aprobados mediante convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, asimismo, el Numeral 4.2, señala que es viable técnica y legalmente, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verifi cado que las subvenciones solicitadas cuentan con los convenios y contratos correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigentes, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, rati fi can la viabilidad técnica, legal y presupuestal de las subvenciones solicitadas para co fi nanciar los programas señalados en el Informe Técnico Legal N° 020-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, rati fi cando el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios/contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 181-2018-CONCYTEC- OGPP, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que ha veri fi cado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable y con la visación de la presente Resolución, ratifi ca la viabilidad de la presente autorización en el marco de sus competencias, concluyendo que la solicitud de subvenciones efectuada por el FONDECYT, cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual