Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2018 (30/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 30 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

23

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 489-2018 MTC/01.02 Lima, 26 de junio de 2018 VISTOS: La solicitud de Registro E-141954-2018 recibida el 24 de mayo de 2018 y la solicitud APR-GG N° 161-2018 de Registro N° E-144516-2018 recibida el 28 de mayo de 2018 de la empresa AEROPROP SAC., el Informe N° 283-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, el Informe N° 321-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú señala que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante MTC); y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, los artículos 46 y 49 del Reglamento de Organización y Funciones del MTC aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establecen que la Dirección General de Aeronáutica Civil ejerce la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú y se encarga de fomentar, normar y administrar el desarrollo de las actividades de transporte aéreo y la navegación aérea civil dentro del territorio peruano; y está integrada entre otros, por la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la cual es responsable de normar y vigilar el estricto cumplimiento de los estándares de seguridad, otorgar, convalidar y renovar los certificados de idoneidad técnica del personal y material aeronáutico, operadores aeronáuticos y otros afines, así como es responsable de normar y vigilar la prestación de los servicios de navegación aérea; Que, mediante solicitud de Registro E-141954-2018 y solicitud APR-GG N° 161-2018 de Registro N° E-1445162018, la empresa AEROPROP SAC. solicitó a la Dirección General de Aeronáutica Civil del MTC, la designación de un inspector DGAC para realizar el chequeo técnico en simulador de vuelo en el equipo E-90 de ruta Wichita ­ Estados Unidos de América a su personal aeronáutico, desde el 18 al 20 de julio del presente año; Que, mediante el Informe N° 321-2018-MTC/12.04, del 05 de junio de 2018 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, concluye que resulta viable la autorización del viaje del inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil por servicio programado durante los días del 17 al 21 de julio de 2018 y solicita la continuación del trámite adjuntando el Informe N° 283-2018-MTC/12.04 de fecha 04 de junio del 2018 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica, mediante el cual informa que el inspector Víctor Augusto Fajardo Camero, posee la calificación pertinente para realizar chequeos técnicos en simuladores de vuelo y aeronaves del equipo E-90, en virtud del curso que ha realizado en el mes de mayo del 2018, lo cual permite que el precitado inspector pueda conducir los chequeos técnicos en la aeronave solicitada, siendo designado a través de la Orden de Inspección N° 1511-2018-MTC/12.04, para realizar el chequeo técnico de verificación de competencia en simulador de vuelo en el equipo E-90 a su personal aeronáutico en la ruta Lima

­ Wichita (Estados Unidos de América), del 17 al 21 de julio del 2018; Que, asimismo, la empresa AEROPROP SAC. ha cumplido con presentar los requisitos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del MTC vigente, y por medio de los recibos de acotación Nros. 10854 y 10855, ha cumplido con el pago de S/. 2,469.43 soles (Dos mil cuatrocientos sesenta y nueve con 43/100 soles), correspondientes al derecho de tramitación del procedimiento N° 05, previsto en el TUPA del MTC y viáticos del inspector. En tal sentido, el costo del respectivo viaje de inspección está cubierto por la empresa solicitante. Por lo tanto, no irrogará gasto al tesoro público toda vez que el costo del respectivo viaje de inspección está íntegramente cubierto por la empresa incluyendo el pago de los viáticos y la tarifa única de uso de aeropuerto; Que, respecto al monto de los viáticos a ser asignados para el servicio programado del presente viaje, corresponde a la escala de viáticos establecida en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, por lo tanto la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección General de Aeronáutica Civil según se desprende de su Informe N° 321-2018-MTC/12.04, emitido en mérito del Informe N° 283-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica que anexa la respectiva orden de inspección, el cuadro resumen de viajes, detalle de actividades a realizarse para el chequeo técnico de verificación de competencia en simulador y los recibos de pagos correspondientes al derecho de tramitación del Procedimiento N° 05 instaurado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA vigente del MTC, verificándose el cumplimiento de lo señalado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 047-2002PCM, Decreto Supremo que Aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje por servicio programado del señor VICTOR AUGUSTO FAJARDO CAMERO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Wichita - Estados Unidos de América, que se efectuará desde el 17 de julio hasta el 21 de julio de 2018, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los informes N° 321-2018-MTC/12.04 e Informe N° 2832018-MTC/12.04, antes señalados. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa AEROPROP SAC., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.