Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2018 (02/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de marzo de 2018 /

El Peruano

al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Ángela María del Rosario Grossheim Barrientos, Ministra de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 3 al 8 de marzo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio de Energía y Minas a la señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a partir del 3 de marzo de 2018 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga gastos al Estado, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1621689-2

De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2011PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señorita María Antonieta Jesús Merino Taboada, como representante alterna del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Artículo 2.- Designar a la señora Cinthya López Vásquez, como representante alterna del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1621111-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican el Clasificador de Cargos del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0018-2018-MINAGRI-SENASA 23 de Febrero de 2018

Designan representante alterna del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 040-2018-PCM Lima, 27 de febrero de 2018 VISTO: El Oficio N° 236-2018-PRODUCE/SG de la Secretaría General del Ministerio de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 de la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del sistema; Que, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Reglamento dispone que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional; Que, mediante el documento del visto, el Ministerio de la Producción propone la designación de la señora Cinthya López Vásquez como representante alterna del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección al Consumidor; por lo que, resulta pertinente expedir la resolución ministerial correspondiente;

VISTOS: El Informe-0020-2018-MINAGRI-SENASA-OADUGRH-EALAMO de fecha 14 de febrero de 2018 y el Informe-0009-2018-MINAGRI-SENASA-OPDIPBARRON de fecha 20 de febrero de 2018, y; CONSIDERANDO: Que, el Clasificador de Cargos es una herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los perfiles en las entidades públicas, en función a determinados criterios; correspondiendo a cada entidad, la clasificación y aprobación de los cargos a incorporarse en dicho instrumento de gestión; Que, el Clasificador de Cargos del SENASA fue aprobado por la Resolución Jefatural N° 202-2008-AGSENASA del 11 de junio de 2008, modificado por Resolución Jefatural N° 408-2008-AG-SENASA, Resolución Jefatural N° 387-2011-AG-SENASA, Resolución Jefatural N° 0093-2012-AG-SENASA, Resolución Jefatural N° 0147-2015-MINAGRI-SENASA, Resolución Jefatural N° 0306-2015-MINAGRI-SENASA y Resolución Jefatural N° 0006-2018-MINAGRI-SENASA; Que, la modificación en el Clasificador de Cargos propuesta por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA se justifica en que es un presupuesto necesario para realizar ajustes al actual Cuadro de Asignación de Personal-Provisional (CAP-P) y dar cumplimiento a sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada que ordenan la reincorporación de demandantes; Que, la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, a través de la Unidad de Gestión de la Calidad y Autorizaciones, considera que los cargos y los perfiles que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración propone ingresar al actual clasificador de cargos, son acordes a los requerimientos de los juzgados y viabilizarán la modificación del CAP-P, permitiendo que estos demandantes ingresen con las

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