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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2018 (02/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 2 de marzo de 2018 / El Peruano regionales de caza deportiva, considerando las unidades de gestión forestal y de fauna silvestre (UGFFS) dentro de su jurisdicción, de acuerdo a la especie, distribución, abundancia e interés cinegético, fi jando las temporadas de caza y las cuotas de extracción totales y por autorización; Que, el artículo 88 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, establece que los calendarios se elaboran y se aplican con un enfoque de manejo adaptativo y señalan, para cada UGFFS existente dentro del ámbito de la ARFFS, las especies de fauna silvestre permitidas de extraer por sexo y categoría por edad, según corresponda, por el ámbito total y/o por cazador, por temporada o por día y salida, según corresponda; las temporadas de caza por especie; la cuota o número de especímenes permitidos, de acuerdo a la biología de la especie; y el monto del pago por derecho de aprovechamiento o costo de las autorizaciones; así como la información sobre las especies cinegéticas bajo manejo en los cotos de caza o áreas de manejo con fi nes de caza deportiva. Que, el artículo 6º del Decreto Supremo N° 011-2016-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre, faculta a las ARFFS, hasta al 23 de julio de 2017, a aprobar los calendarios de caza o captura, considerando la información del calendario anterior respectivo, siempre que no exista evidencia de la afectación a la fauna silvestre; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 274-2016-SERFOR-ATFFS CUSCO, se aprobó el Calendario Regional de Caza Deportiva para Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas fuera de Áreas Naturales Protegidas en el departamento de Cusco con vigencia hasta el 23 de julio de 2017. Que, el Informe Técnico Nº 467–2017-SERFOR- ATFFS-CUSCO, que presenta la propuesta de Calendario Regional de Caza Deportiva, recomienda dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 274-2016-SERFOR-ATFFS Cusco, que aprobó el Calendario Regional de Caza Deportiva para Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas fuera de Áreas Naturales Protegidas en el departamento de Cusco cuya vigencia es hasta el 23 de julio de 2017; así mismo recomienda aprobar la presente propuesta de “Calendario Regional de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco, fuera de Áreas Naturales Protegidas por el Estado”, con una vigencia de 02 años calendario, exponiendo las consideraciones técnicas y legales para el establecimiento de los grupos de especies, ámbito geográ fi co y derecho de aprovechamiento, y precisa que, según la legislación vigente, las mismas no se encuentran amenazadas. De conformidad a lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763; el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 274-2016-SERFOR-ATFFS Cusco, que aprueba el Calendario Regional de Caza Deportiva para Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas fuera de Áreas Naturales Protegidas en el departamento de Cusco. Artículo 2.- Aprobar la propuesta de “Calendario Regional de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco, fuera de Áreas Naturales Protegidas por el Estado”, cuyo anexo 01 forma parte de la presente Resolución, y cuya vigencia es de dos (02) años calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Para la práctica de la caza deportiva se debe solicitar la respectiva licencia y autorización. Artículo 4.- Las armas y calibres mínimos permitidos para la caza deportiva se encuentran en el Anexo 02 de la presente Resolución Artículo 5.- Las prohibiciones y métodos no permitidos relacionados con la caza deportiva obran en el Anexo 03 de la presente Resolución. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ÁNGEL ESCALANTE MOLINA Administrador TécnicoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre –SERFORATFFS–CUSCO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 157–2017-SERFOR-ATFFS CUSCO Anexo 01: Calendario Regional de Caza Deportiva de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado. Clase Familia Nombre cientí fi coNombre común ÁmbitoÉpoca de CazaCuota máxima/ cazador/ temporadaCantidad máxima N° ejemplares/ temporadaDerecho de aprovechamiento por ejemplarGrupo de Caza Español InglesAves +TinamidaeNothoprocta pentlandiiPerdiz serranaAndean TinamouCusco 01 septiembre – 31 enero60 240 3.00 1Aves +Anatidae Anas cyanopteraPato acaneladoCinamon TealCusco01 mayo – 30 noviembre20 140 6.00 1Aves +Anatidae Anas fl avirostris Pato sutroSpeckled duckCusco01 mayo – 30 noviembre20 140 6.00 1Aves +Anatidae Anas georgica Pato jergaYellow billed PintailCusco01 mayo – 30 noviembre20 140 6.00 1Aves +Anatidae Anas puna Pato puna Puna Teal Cusco01 mayo – 30 noviembre10 70 6.00 1