Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2018 (16/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 16 de marzo de 2018 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, el cual establece que este organismo cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 548-2014-MINAGRI se aprobó el Cuadro para la Asignación de Personal – CAP Provisional del SERFOR, el mismo que fue reordenado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 076-2015-SERFOR-DE y actualizado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 263-2016-SERFOR/DE; Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 302-2012-EF, establece que la cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el período que dure el contrato y la relación laboral; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 304-2017-SERFOR/DE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 165 Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-82-INAP/ DNP “Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP, establece que el PAP es un documento en el cual se considera el presupuesto para los servicios especí fi cos de personal permanente y del eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los Sub-Programas, actividades y/o Proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente defi nidos en la estructura programática, teniendo en cuenta el CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia; Que, el numeral 6.8 de la citada Directiva señala que el PAP será aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, señala que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que es el titular del pliego y la máxima autoridad ejecutiva institucional; Que, con el Informe N° 0032-2018-MINAGRI- SERFOR-OGA-ORH la O fi cina de Recursos Humanos, concluye que es necesario aprobar el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal – PAP del SERFOR correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, mediante el Memorándum N° 28-2018-MINAGRI-SERFOR/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto alcanza el Informe N° 003-2018-MINAGRI-SERFOR-OGPP/OP, de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de Presupuesto Analítico de Personal – PAP del SERFOR correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, en el marco de la normativa señalada y contando con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto resulta pertinente aprobar el Presupuesto Analítico de Personal del SERFOR correspondiente al Año Fiscal 2018;Con el visado de la Secretaria General (e), del Director General de la O fi cina General de Administración, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 302-2012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; y la Directiva Nº 001-82-INAP/ DNP “Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR correspondiente al Año Fiscal 2018, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como de su anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.serfor.gob.pe). Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y su anexo a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1625523-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban la Directiva N° 002-2018-MINCETUR, “Directiva que Regula la Gestión Documental del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2018-MINCETUR Lima, 14 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27790, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y contribuir a implementar una gestión moderna, descentralizada y con mayor participación del ciudadano; Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, dispone como fi nalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo