Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de mayo de 2018 /

El Peruano

Resolución Directoral Ejecutiva N° 331-2016-MINEDU/ VMGI-PRONIED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado al señor José Luis Cabrera Palomino mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 049-2018-MINEDU/ VMGI-PRONIED, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Rosario Mercedes Gonzáles Ybáñez en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a las personas señaladas en los artículos precedentes y a la Unidad de Recursos Humanos, para las acciones correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Infraestructura Educativa 1643127-1

INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 624-2018-IN Lima, 2 de mayo de 2018 VISTOS; el Oficio N° 020-2018-SDG-PNP-DIRASINTAPR-ITALIA, de fecha 12 de febrero de 2018, de la Agregaduría Policial de la Embajada de la República del Perú en la República Italiana, la Hoja de Estudio y Opinión N° 142-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de abril de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 150-2018-DIRASINT-PNP/ DIVBEC-D.R., de fecha 24 de abril de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001393-2018/IN/OGAJ, de fecha 27 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 020-2018-SDG-PNPDIRASINT-APR-ITALIA, de fecha 12 de febrero de 2018, la Agregaduría Policial de la Embajada de la República del Perú en la República Italiana remite a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú el Informe N° 003-2018-SDG-PNP-DIRASINT-APRITALIA, de fecha 10 de febrero de 2018, a través del cual se informa sobre las ofertas educativas ofrecidas por la Dirección de la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, para el periodo académico 2018, entre las cuales, se tiene previsto realizar el Cuarto Curso de Especialización sobre la Trata de Personas, a llevarse a cabo del 7 al 18 de mayo de 2018, en la citada Escuela, ubicada en la ciudad de Caserta ­ República Italiana; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 142-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de abril de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga

con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Orestes Segundo Castillo Vásquez, propuesto por la Dirección contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Caserta ­ República Italiana, del 5 al 19 de mayo de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso permite al citado personal policial, adquirir nuevos conocimientos sobre las herramientas y procedimientos utilizados en la lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, lo cual redundará en la vida profesional del referido personal, así como en su labor policial al servicio de la Policía Nacional del Perú; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación, así como todos los gastos relacionados con las actividades del curso, son asumidos por la Dirección de la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, conforme lo precisa el Informe N° 003-2018-SDG-PNP-DIRASINT-APR-ITALIA, de fecha 10 de febrero de 2018, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 1927-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 23 de abril de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía

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