Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de mayo de 2018 /

El Peruano

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Criterios de atención para los Centros de Conciliación Gratuitos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0193-2018-JUS Lima, 30 de abril de 2018 VISTOS, Los Oficios Nº 445-2018-JUS-DGDPAJ y Nº 539-2018-JUS-DGDPAJ, de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Informe Nº 006-2018-JUS/DGDPAJ-DCMA-CCG, de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y el Informe Nº 399-2018-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2008JUS, publicado el 30 de agosto de 2008, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modificada por Decreto Legislativo Nº 1070; Que, el citado Reglamento, señala que los Centros de Conciliación son entidades que tienen por objeto ejercer la función conciliadora de conformidad con la Ley y Reglamento; siendo que, para dichos efectos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, podrá autorizar a las personas jurídicas de derecho público o privado, sin fines de lucro, para que funcionen como Centros de Conciliación, debiendo tener o haber incorporado dentro de sus fines el ejercicio de la función conciliadora; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, establece que, mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá crear y regular la actividad de los Centros de Conciliación Extrajudicial Gratuitos a nivel nacional, los mismos que podrán funcionar dentro de los locales del Ministerio y en aquellos que le sean cedidos por convenio con instituciones públicas o privadas, rigiéndose los mismos por la normatividad específica que para estos efectos apruebe el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y aplicándoseles supletoriamente la Ley de Conciliación y el presente Reglamento; Que, por su parte, el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, contempla las funciones de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos - unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia ­ entre las cuales, destaca la de expedir resoluciones directorales, directivas, circulares, protocolos de actuación, guías de procedimientos, para garantizar la institucionalización de la conciliación extrajudicial; Que, mediante informe de Vistos, la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justica señala que, a efectos de contar con un criterio más razonable, coherente y actualizado para acceder a los servicios brindados por los Centros de Conciliación Extrajudicial Gratuitos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es necesario incrementar el monto límite de las pretensiones de naturaleza económica; por lo cual, sustenta la necesidad de incrementar el monto límite de las pretensiones conciliatorias de naturaleza económica solicitadas por personas de bajos recursos a S/ 8 300.00 (2 UIT) y en los casos de desalojo, cuando sea casa única y no supere los S/ 830.00 (10% de 2 UIT), por concepto de alquiler mensual; De conformidad con la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo

Nº 1070; el Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Criterios de atención para los Centros de Conciliación Gratuitos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establecidos en la Circular Nº 001-2018-JUS/DGDPAJ-DCMA, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Circular Nº 001-2001-STC/ MINJUS, que estableció criterios de atención en los Centros de Conciliación Gratuitos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. minjus.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1643468-1

Reconforman Presidenciales

Comisión

de

Gracias

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0194-2018-JUS Lima, 30 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2007JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2010JUS, establece que la Comisión de Gracias Presidenciales está integrada por cinco (5) miembros, de los cuales cuatro (4) son designados por Resolución Ministerial del Ministro de Justicia, actual Ministro de Justicia y Derechos Humanos y uno (1) en representación del Despacho Presidencial, designado por Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0171-2018JUS, se designó al abogado Manuel Francisco Soto Gamboa como Presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales; Que, resulta necesario designar a los tres (3) miembros que conformarán la Comisión de Gracias Presidenciales; Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando anterior, se debe dar por concluida la designación de los miembros de la Comisión de Gracias Presidenciales realizada mediante Resolución Ministerial N° 0249-2017JUS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS; y, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar la Comisión de Gracias Presidenciales, la cual se integra por los siguientes miembros: - Manuel Francisco Soto Gamboa, quien la preside. - Carlos Antonio Bazo Ramírez. - Flor del Carmen Tamayo Montes. - Edward Alberto Vega Rojas.

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