Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 3 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Orestes Segundo Castillo Vásquez, del 5 al 19 de mayo de 2018, a la ciudad de Caserta ­ República Italiana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Pers. 1,652.00 X 1 Total US$ 1,652.00

Pasajes aéreos

=

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO MEDINA GUIMARAES Ministro del Interior 1643454-1

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 626-2018-IN Lima, 2 de mayo de 2018 VISTOS; el Oficio N° 000006-2018-DV-DCG, de fecha 11 de enero de 2018, de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, la Hoja de Estudio y Opinión N° 121-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 3 de abril de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 127-2018-DIRASINT-PNP/ DIVBEC-D.R., de fecha 5 de abril de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001396-2018/IN/OGAJ, de fecha 27 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

Que, mediante Oficio N° 000006-2018-DV-DCG, de fecha 11 de enero de 2018, la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA hace de conocimiento de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) extiende invitación a la República del Perú, a fin que participe en la Segunda Reunión Regional sobre Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP) en el Hemisferio Occidental, a realizarse del 15 al 17 de mayo de 2018, en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 121-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 3 de abril de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Coronel de Servicios de la Policía Nacional del Perú Carmen Del Pilar Sandoval Jáuregui, propuesto por la Dirección de Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que participe en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 14 al 18 de mayo de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo abordar temas relacionados a la detección, identificación, alerta temprana y aspectos legales para el control de las Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP), así como el daño a la salud y el tratamiento correspondiente; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 640-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 8 de febrero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público,

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