Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Jueves 3 de mayo de 2018 /

El Peruano

Artículo 1°.- Designar a la señora Kitty Elisa Trinidad Guerrero en el cargo de Secretaria General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1643515-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Modifican e incorporan Anexo de Control 8 al Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación
RESOLUCIÓN SMV Nº 013-2018-SMV/01 Lima, 30 de abril de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 2018002313 y los Informes Conjuntos Nos. 78 y 472-2018-SMV/06/10/12/13 del 6 de febrero y 25 de abril de 2018, respectivamente, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Superintendencia Adjunta de Riesgos; así como el Proyecto de Modificación del Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación (en adelante, el PROYECTO); CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV (en adelante, Ley Orgánica), Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión; Que, de conformidad con los artículos 30 y 31 de la Ley de Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias (en adelante, LMV), corresponde a la SMV establecer las normas contables para la elaboración de los estados financieros y sus correspondientes notas de los emisores y demás personas naturales y jurídicas sometidas a su control y supervisión, así como la forma de presentación de tales estados; con excepción de las empresas bancarias, financieras y de seguros y otras reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ­ SBS, cuya información financiera se presenta de acuerdo con las disposiciones establecidas por la SBS; Que, mediante Resolución SMV N° 012-2011-SMV/01 se aprobó el Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación, norma conforme a la cual los agentes de intermediación presentan su información financiera; y en la que se incorporaron Anexos de Control como información complementaria a los Estados Financieros con propósitos de supervisión y control; Que, como parte del proceso de implementación de la supervisión basada en riesgos en la SMV, es necesario incorporar un Anexo de Control respecto a la composición de los ingresos operacionales de los agentes de intermediación, con el fin de identificar la exposición de dichos agentes en función de las líneas de negocio que desarrollan, y a la naturaleza, tamaño y complejidad de las operaciones que realizan; así como profundizar la planificación y ejecución de la supervisión in situ y extra situ sobre dichas sociedades. Que, el PROYECTO fue difundido en consulta ciudadana en el Portal del Mercado de Valores de la SMV por el plazo de treinta (30) días calendario, conforme lo dispuso la Resolución SMV N° 008-2018-SMV/01, publicada el 26 de febrero de 2018 en el Diario Oficial El Peruano; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1° y el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica; el segundo párrafo del artículo 7° de la LMV; el numeral 2 del artículo

Designan Directora de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2018-OEFA/PCD Lima, 2 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Literal f) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo tiene la función de designar, remover y aceptar la renuncia de los servidores que ejerzan cargos de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Directora de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del OEFA, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Miriam Alegría Zevallos en el cargo de Directora de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1643516-1

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