Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2018 (03/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 3 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la condecoración de la Orden del Trabajo, es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, asimismo, el artículo 12 del referido Reglamento, prescribe como acción distinguida todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta presentada al Consejo de la Orden del Trabajo, el señor José Luis Perry Gottschalk es un reconocido Relacionador Industrial y distinguido empresario, director y gerente general de empresas de servicios dedicadas a la generación de alianzas estratégicas para el desarrollo de actividades económicas e industriales; Que, su notable compromiso y valiosa contribución a las relaciones laborales lo ha llevado a ejercer, en la actualidad, el Vicedecanato del Colegio Profesional de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados en Gestión de Recursos Humanos; Que, en el ámbito académico es docente universitario, lo que le ha permitido interactuar con más de 2,600 profesionales en el campo de los recursos humanos sembrando valores para la adecuada administración de personal; Que, es gestor de empresas de servicios en los sectores industria y finanzas, y actualmente cuenta con más de 1,000 colaboradores en el Grupo Empresarial que dirige, promoviendo la armonía y un excelente clima laboral; así como, la formalización laboral a través de sus organizaciones; Que, por su desempeño profesional ha recibido importantes distinciones como el reconocimiento a su "Contribución Académica y Profesional al campo de los Recursos Humanos" en el año 2005, otorgado por la Universidad Particular Ricardo Palma; el "Premio Recursos Humanos" en mérito a su reconocida trayectoria profesional al haber contribuido significativamente al desarrollo de los recursos humanos en nuestro país, otorgado por el Instituto de Recursos Humanos de la Universidad Particular Ricardo Palma en el año 2006 y, el reconocimiento por su destacada trayectoria profesional, por su aporte al desarrollo y engrandecimiento del Colegio Profesional de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados en Gestión de Recursos Humanos del Perú; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; Que, con fecha 30 de abril de 2018, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo, al señor José Luis Perry Gottschalk, en el grado de Comendador; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto Ley Nº 20585, que establece normas para otorgar la condecoración de la Orden del Trabajo, modificada por la Ley Nº 24234; el artículo 3 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de "Comendador" al señor

JOSÉ LUIS PERRY GOTTSCHALK, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CHRISTIAN RÓMULO MARTÍN SANCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1643519-10

Otorgan la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de "Gran Oficial"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2018-TR Lima, 30 de abril de 2018 VISTO: El Oficio Nº 236-2018-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la condecoración de la Orden del Trabajo, es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, asimismo, el artículo 12 del referido Reglamento, prescribe como acción distinguida todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta presentada al Consejo de la Orden del Trabajo, el señor Mario Roberto Huamán Rivera, es un destacado dirigente sindical, reconocido por su liderazgo en la lucha por la recuperación de la democracia durante los años 90, la restitución de la negociación colectiva por rama de actividad en el sector construcción y una vida dedicada a defender los derechos de los trabajadores del Perú; Que, su trayectoria sindical inició en 1983 cuando fue elegido Secretario de Prensa y Propaganda de la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú - FTCCP, contando con solo 25 años de edad, siendo que, en 1999 fue elegido como Secretario General de la FTCCP, estableciendo como uno de sus principales objetivos el recuperar la negociación colectiva por rama de actividad y empezar un proceso de movilización, lucha y modernización sindical; Que, su preocupación constante por la situación y problemática laboral de los trabajadores en construcción lo llevó a impulsar decididamente, desde la FTCCP, la negociación colectiva por rama de actividad con la Cámara Peruana de la Construcción ­ CAPECO desde el año 2001, consiguiendo que en el 2004 se cierre el pliego en negociación directa, cuyos acuerdos hicieron efectiva la recuperación salarial correspondiente a los años 1997, 1998, y 1999 y la cobertura de la inflación de los años 2000 y 2004, logrando además la mejora de determinadas condiciones de trabajo, nuevos derechos en seguridad social para sus agremiados y el reconocimiento a la representación de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú;

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