Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2018 (05/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 5 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor CESAR AUGUSTO DELGADO VASQUEZ, Investigador del Programa de Investigación en Biodiversidad Amazónica del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, a Ciudad del Este, República del Paraguay, del 6 al 13 de mayo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, de acuerdo al siguiente detalle: CESAR AUGUSTO DELGADO VASQUEZ Pasajes internacionales US$ 530.00 Viáticos (por 2 días) US$ 600.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente resolución al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1644268-1

CULTURA
Autorizan viaje de servidora a República Dominicana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2018-MC Lima, 3 de mayo de 2018 VISTOS, el Oficio N° 0368-2018-JUS/CDJE-PPES de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Informe N° 900003-2018/DGPI/VMI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; y,

Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante el Oficio N° 0368-2018-JUS/CDJEPPES recibido el 18 de abril de 2018, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicita al Ministerio de Cultura que designe a un representante de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial, para conformar la delegación del Estado Peruano que asistirá a la Reunión de Trabajo sobre la MC-262-05, (pueblos indígenas Mashco Piro, Yora y Amahuaca), que se llevará a cabo el 7 de mayo de 2018, en el marco del 168° Periodo Extraordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); así como a las reuniones previas de coordinación que se sostendrán el 6 de mayo 2018, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, la MC-262-05 constituye una medida cautelar presentada ante la CIDH, a través de la cual se dispuso que el Estado Peruano adopte todas las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de los miembros de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario Mashco Piro, Yora y Amahuaca que habitan el departamento de Madre de Dios, en especial, adoptar medidas tendientes a evitar daños inmediatos e irreparables resultantes de las actividades de terceros en el territorio; así como, concertar medidas a adoptarse con los peticionarios; Que, el artículo 94 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial, es el órgano de línea responsable de conducir las acciones de protección y respeto de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial del país y sus derechos; Que, a través del Informe N° 900003-2018/DGPI/VMI/ MC de fecha 30 de abril de 2018, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas comunica que el objetivo de la reunión convocada es informar sobre los avances en la implementación de la MC-262-05, y dar respuesta a las alegaciones realizadas por la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes ­ FENAMAD, organización indígena peticionaria de la medida cautelar; en ese sentido, se propone la participación de la señora Guilma Marianella Prada Mata, coordinadora legal de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de la Reunión de Trabajo en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la precitada servidora a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector;

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