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40 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 / El Peruano (i) venta directa a favor de un tercero; (ii) adjudicación a favor de MINJUS o cualquier entidad del Estado que éste designe. (iii) por subasta, mediante acto privada o pública, teniendo en cuenta que éstas deben estar sujetas al procedimiento acordado con el fi duciario en el contrato de fi deicomiso. - Para efectos del orden en el que se ejecutan los bienes fi deicometidos; deben considerarse primero, los de mayor liquidez o cuya ejecución se realice en el menor plazo posible; segundo, los de mayor valor, de acuerdo a la tasación realizada en el marco del proceso de ejecución; y tercero, los que tengan cargas y gravámenes. - El precio de venta es el más alto entre el valor comercial o el valor de realización obtenido como resultado de la valorización correspondiente. Asimismo, es pagado por el comprador en la cuenta del fi deicomiso que corresponda. Los fl ujos dinerarios resultantes de la venta son destinados exclusivamente el pago de la reparación civil, debiendo liberarse el remanente a favor del sujeto obligado que corresponda. - Todos los gastos y comisiones que se generen por la constitución, administración y ejecución del patrimonio fi deicometido a efectos de cumplir con el pago de la reparación civil, son de cargo del sujeto de la categoría 2 y/o del sujeto de la categoría 3, respectivamente, con recursos distintos a los transferidos al patrimonio fi deicometido. En caso que el sujeto de la categoría que corresponda no ponga a disposición los fondos necesarios, el MINJUS los pone a disposición del fi duciario, a fi n de salvaguardar el proceso de ejecución de los bienes fi deicometidos y de garantizar el cumplimiento del pago de la reparación civil a través de dicho proceso. Dicho monto es cobrado por el fi duciario a favor del MINJUS, como producto de la ejecución de los bienes fi deicometidos. 1646369-7 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1310, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los TUPA y sus modi fi caciones, en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modi fi cación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (TUPA o su modi fi cación), se publicará en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano. 2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por o fi cio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que apruebe el TUPA o su modi fi cación, en la separata de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano (edición impresa). b) La publicación del Anexo (TUPA o su modi fi cación) en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, en el O fi cio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe) , son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; b) El anexo (TUPA o su modi fi cación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe , más no en versión impresa. 4. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. 5. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. 6. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano. LA DIRECCIÓN