Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2018 (14/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Lunes 14 de mayo de 2018 /

El Peruano

el Informe Nº 000000-2018-ARH-OAF/CNM del Área de Recursos Humanos, sobre el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 016-2018-P-CNM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", que es modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, la cual también formaliza la aprobación de su versión actualizada; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad. No requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces; Que, la Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, mediante los Memorandos Nros 000500 y 000548-2018-DG/CNM ha dispuesto que los cargos

Técnico A de la Oficina de Atención al Usuario, Trámite Documentario y Archivo, y Profesional A de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica, sean reubicados en la Oficina de Tecnologías de la Información, y la Oficina de Administración y Finanzas, respectivamente, en atención a la reevaluación de necesidades en el marco del proceso de modernización institucional; Que, la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, mediante la Resolución Nº 052-2018-P-CNM, ha aceptado la renuncia del trabajador al cargo de Jefe de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica; Que, mediante la Resolución Nº 001-2018-DGCNM la Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura dispone el cese del vínculo laboral por causal de jubilación obligatoria y automática por límite de edad (70 años) del trabajador que venía desempeñando el cargo de Profesional A de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica; Que, asimismo, mediante la Resolución Nº 054-2018-P-CNM la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura ha modificado el Reglamento de Organización y Funciones en lo que corresponde a la estructura orgánica desagregando la Oficina de Planificación y Presupuesto en las Oficinas de Planificación y Cooperación Técnica, y Presupuesto e Inversiones, haciéndose necesario realizar las acciones de administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, como el cambio del cargo de Jefe de Área de Presupuesto e Inversiones a Jefe de Oficina de Presupuesto e Inversiones, reubicación de los cargos de Profesional A y Técnico A del Área de Presupuesto e Inversiones al Área de Planificación y el despacho de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica, respectivamente, entre otros, a fin de establecer la debida concordancia entre ambos documentos de gestión institucional, sin que implique un incremento del presupuesto institucional;

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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