Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2018 (14/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 14 de mayo de 2018
172 Profesional A 021.19.01.5 021.19.01.5 021.19.01.5 021.19.01.6 SP-ES SP-ES SP-ES SP-AP 1 4 8 3 17 2 1 1

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
4 7 3 15 0

23

173/176 Profesional B 177/184 Profesional C 185/187 Técnico A TOTAL UNIDAD ORGANICA

XX

DENOMINACION DEL ORGANO: DIRECCION DE PROCESOS DISCIPLINARIOS DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA:

Nº CARGO ESTRUCTURAL ORDEN 188 189 Director Secretaria I TOTAL ÓRGANO

CÓDIGO

CLASIFICACIÓN TOTAL

SITUACIÓN DEL CARGO DE CARGO CONFIANZA O P 1 1 1 1 0

021.20.00.3 021.20.00.6

SP-DS SP-AP

1 1 2

XX XX.1

DENOMINACION DEL ORGANO: DIRECCION DE PROCESOS DISCIPLINARIOS DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: SUB DIRECCION DE DENUNCIAS E INVESTIGACION PRELIMINAR SITUACIÓN DEL CARGO DE CARGO CONFIANZA O 190 Sub Director 021.20.01.4 021.20.01.5 021.20.01.6 SP-EJ SP-ES SP-AP 1 4 1 6 1 1 2 4 0 P 1 3

Nº CARGO ESTRUCTURAL ORDEN

CÓDIGO

CLASIFICACIÓN TOTAL

191/194 Profesional C 195 Técnico A

TOTAL UNIDAD ORGÁNICA

XX XX.2

DENOMINACION DEL ORGANO: DIRECCION DE PROCESOS DISCIPLINARIOS DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: SUB DIRECCION DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS SITUACIÓN DEL CARGO DE CARGO CONFIANZA O 196 197 Sub Director Profesional A 021.20.02.4 021.20.02.5 021.20.02.5 021.20.02.6 021.20.02.6 SP-EJ SP-ES SP-ES SP-AP SP-AP 1 1 2 1 1 6 1 1 2 1 1 5 0 P 1

Nº CARGO ESTRUCTURAL ORDEN

CÓDIGO

CLASIFICACIÓN TOTAL

198/199 Profesional C 200 201 Técnico A Técnico C

TOTAL UNIDAD ORGÁNICA

TOTAL GENERAL

201

88

113

8

1646986-1

Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, mediante la Directiva Nº 01-06-00000001, de fecha 18 de octubre de 2002, se estableció las pautas para la correcta tramitación de los procedimientos contenciosos y no contenciosos en materia de tránsito y transporte urbano. Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe Nº 264-082-00001116, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la citada directiva se desarrolló sobre la base de normas que han sido derogadas total y parcialmente, como es el caso del Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito; la Ordenanza Nº 104, Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Ómnibus y otras modalidades para la provincia de Lima; y las Ordenanzas N.os 362 y 403, declaradas por la Ordenanza Nº 1939, como no vigentes, en aplicación de la Ley Nº 29477; en ese sentido, recomienda efectuar la derogación expresa de la misma, previa consulta correspondiente; Que, con Memorando Nº 267-092-00003411 la Gerencia de Impugnaciones remitió el Informe Nº 268082-00004689 del Especialista de Impugnaciones IV, a través del cual se muestra conformidad a la propuesta de derogación expresa de la citada directiva; Que, en ese sentido, al no existir asidero legal que justifique la vigencia de la mencionada directiva, como parte del marco normativo que regula la actuación del SAT, corresponde efectuar su derogación respectiva; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT, Código: SAT-MN001, versión 01, la directiva es el documento por el cual el SAT establece la forma en que la entidad y los administrados realizan sus actuaciones, conducentes al correcto cumplimiento de las normas que regulan las materias de su competencia; debe ser aprobada por resolución jefatural y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, según lo establecido en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado mediante la Ordenanza Nº 1698 y modificado por la Ordenanza Nº 1881, publicadas el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la institución tiene entre sus funciones específicas, aprobar las directivas y circulares; Estando a lo dispuesto en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT; así como el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Deróguese la Directiva Nº 01-0600000001, que estableció las pautas para la correcta tramitación de los procedimientos contenciosos y no contenciosos en materia de tránsito y transporte urbano. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob. pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANITZA CLARA MILOSEVICH CABALLERO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1647198-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Derogan Directiva Nº 01-06-00000001, que estableció las pautas para la correcta tramitación de los procedimientos contenciosos y no contenciosos en materia de tránsito y transporte urbano
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004065 Lima, 30 de abril de 2018.

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