Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2018 (20/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CÓDIGO UNIFICADO PROYECTO FF-RB 2018 2019

NORMAS LEGALES
TRANSFERENCIA TOTAL

Domingo 20 de mayo de 2018 /

El Peruano

2311841

0.00 268,280,166.00 CONSTRUCCIÓN 03-19 268,280,166.00 DE LA AV. COSTA 05-07 0.00 15,263,535.71 15,263,535.71 VERDE TRAMO: AV RAFAEL ESCARDO ­ JR. 0.00 24,613,221.95 24,613,221.95 VIRU, DISTRITO 05-08 DE SAN MIGUEL ­ LIMA - LIMA TOTAL 268,280,166.00 39,876,757.66 308,156,923.66

Artículo Tercero.- Encargar al Gerente General de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima ­ EMAPE S.A., la suscripción de la Segunda Adenda al Convenio aprobado en el Artículo Primero, así como realizar las coordinaciones de las actividades y acciones administrativas que correspondan para su ejecución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1649684-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Establecen incentivos tributarios y no tributarios por pago al contado o fraccionado hasta el ejercicio 2018 y descuento en arbitrios municipales por pago al contado hasta el ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 283-2018/MLV La Victoria, 14 de mayo de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 14 de mayo de 2018, VISTO: el Dictamen Conjunto Nº 001-2018-CRDECPPAL/MLV, de fecha 10 de mayo de 2018, emitido por las Comisiones de Rentas y Desarrollo Económico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a través de los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, se faculta a los municipios para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la Ley establece, ejerciendo dicha función a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley; Que, el artículo 9º Inciso 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos";

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado ,por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, mediante Informe Nº 036-2018-GSAT-MLV, de fecha 18 de abril de 2018, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, propuso el Proyecto de Ordenanza que Establece Incentivos Tributarios y No Tributarios por Pago al Contado o Fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y Descuento en Arbitrios Municipales por Pago al Contado hasta el Ejercicio 2018, con la finalidad de motivar a los contribuyentes a regularizar sus obligaciones de pago en los arbitrios municipales pendientes de años anteriores y el presente ejercicio, disminuir los porcentajes de morosidad y ausentismo de pago que se ha visto acrecentado en el presente año, y de incrementar los ingresos para el mes de Mayo con proyección a ampliar hasta el mes de Julio; y que de la revisión de los saldos por cobrar de los tributos municipales y multas administrativas se ha determinado que se tiene por cobrar por Impuesto Predial la suma de: S/ 59,440,014.13 Soles en montos ajustados, por Arbitrios Municipales el monto ajustado de: S/ 67,150,659.72 Soles, y por Multas Administrativas en la instancia Coactiva por el monto de S/ 66,434,763.44 Soles, deudas que se encuentran comprendidas entre los periodos 1999 al 2018; ante ello, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria solicita su evaluación y aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 837-2018-GFC/MDLV, de fecha 27 de abril de 2018, la Gerencia de Fiscalización y Control indica que si bien este tipo de beneficios genera una desventaja con relación al pago neto (100%) de las multas administrativas u obligaciones pecuniarias, se hace necesario aprobar el proyecto de Ordenanza con la finalidad de incentivar el cumplimiento de las obligaciones de los infractores, lo cual generaría un incremento en las arcas de este Corporativo; Que, mediante Informe Nº 051-2018-SGPDO-GPP/ MLV, de fecha 02 de mayo de 2018, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Organizacional, señala que el proyecto de ordenanza presentado por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria tiene por objeto establecer un régimen de beneficios que incentive el pago de las deudas tributarias y/o administrativas para los contribuyentes en general del distrito de La Victoria, con la finalidad de variar su situación de morosidad ante la corporación Edil y accedan a los incentivos u beneficios que gozan los ciudadanos; ante ello opina por la procedencia del presente Proyecto de Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 577-2018-GAJ/MDLV, de fecha 03 de mayo de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del Proyecto de Ordenanza que establece Incentivos Tributarios y No Tributarios por Pago al Contado o Fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y Descuento en Arbitrios Municipales por Pago al Contado hasta el Ejercicio 2018, y recomienda se eleve al Pleno del Concejo Municipal, para que delibere su aprobación, conforme a sus atribuciones señaladas la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 001-2018-CRDECPPAL/MLV, de fecha 10 de mayo de 2018, las Comisiones de Rentas y Desarrollo Económico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, recomiendan al Pleno del Concejo Municipal la aprobación de la Ordenanza que establece Incentivos Tributarios y No Tributarios por Pago al Contado o Fraccionado hasta el Ejercicio 2018 y Descuento en Arbitrios Municipales por Pago al Contado hasta el Ejercicio 2018, que consta de siete (7) artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Finales;

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