Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2018 (20/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 20 de mayo de 2018 /

El Peruano

extranjera e ingresando al territorio nacional. De la misma manera existe ingreso de recursos pesqueros de procedencia extranjera en forma ilegal hacia el territorio peruano, sin contar con las certificaciones sanitarias correspondientes, entre otros. Que, la pesca informal no solo contraviene la normatividad vigente, sino que distorsiona totalmente la información estadística de captura de la actividad extractiva pesquera, por su misma condición de informalidad al margen de la Ley. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 003-2014/ GOB.REG.TUMBES-CR, se aprobaron entre otros, los Formatos de Declaración Jurada para el acopio, transporte y/o comercialización de productos hidrobiológicos y así contribuir a su control; sin embargo durante la aplicación de la vigencia de esta norma regional se ha constatado que existen algunos vacíos, lo que ha generado un deficiente control para el cumplimiento de las normas legales arriba enunciadas; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 13-2016, de fecha 29 de diciembre de 2016, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Modificar el Artículo SETIMO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2016-GOB.REG. TUMBES-CR-CD". Artículo Segundo.- Artículo SEGUNDO.- Modificar el término: DUA ­ DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS POR DAM - DECLARACIÓN ADUANERA DE MERCANCIA. Comuníquese al señor Gobernador Regional Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los 13 días del mes de junio del año dos mil diecisiete. LIZ YAQUELINE CAMPOS FEIJÓO Consejera Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archívese. Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes el 11 de agosto de 2017. TERESA BEATRIZ QUINTANA DELGADO Gobernadora Regional (e) 1649517-1

la Gerencia de Finanzas y, el Informe N° 459-2018-MMLGAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, poniendo a consideración del Pleno la propuesta de celebración de la Segunda Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019", con la Organización Internacional para las Migraciones, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política económica y administrativa de las municipalidades en asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 26) del artículo 9º de la precitada ley, señala que es atribución del Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional, así como convenios interinstitucionales, siendo atribución del Alcalde, conforme a lo establecido en el numeral 23) del artículo 20º, celebrar los actos, contratos y convenios, necesarios para el ejercicio de sus funciones; Que, a través del numeral 1 de la Trigésima Disposición Complementaria Final, de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2018, se autorizó durante el año fiscal 2018, a las entidades a cargo de la ejecución de las obras de infraestructura vial priorizadas que contribuirán con la realización de los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos ­ Lima 2019", a suscribir adendas a los convenios suscritos en el marco de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017"; Que, asimismo, a través del numeral 3 de la referida Trigésima Disposición Complementaria Final, se autoriza a las entidades a cargo de la ejecución de las obras de infraestructura vial priorizadas que contribuirán con la realización de los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos ­ Lima 2019", a aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales, en el marco de los convenios suscritos conforme a la Ley 30624 y las adendas correspondientes; Que, el artículo 7° del Decreto Supremo Nº 381-2015EF, establece que "Las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos que modifiquen la finalidad, el alcance, metas generales o específicas, objetivos o plazos deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas, con los requisitos establecidos en el presente reglamento, en lo que corresponda."; Que, conforme se aprecia, la Ley N° 30693 autorizó a la Municipalidad Metropolitana de Lima, durante el año fiscal 2018, a suscribir adendas a los convenios suscritos en el marco de la Ley N° 30624. Esta última ley, como se indicó, autorizó a la Municipalidad Metropolitana de Lima, durante el año fiscal 2017, a celebrar convenios de administración de recursos con organismos internacionales, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30356, para la ejecución de las obras de infraestructura vial priorizadas que contribuirán con la realización de los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019", los cuales se detallan en su Anexo 4; Que, el artículo 4° de la referida Ley Nº 30356, establece condiciones o requisitos que deben cumplirse en forma previa a la celebración de un convenio de administración de recursos (o sus respectivas adendas en lo que corresponda, conforme el artículo 7° del Decreto

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban la celebración de la Segunda Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 176 Lima, 17 de mayo de 2018 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de mayo de 2018, el Memorando N° 2018-05-438-MML-GF de

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