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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (24/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de octubre de 2018 El Peruano / Construcción y Saneamiento, es competencia del citado Ministerio formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana, para lo cual dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA, se aprueba el índice y la estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aplicable a las habilitaciones urbanas y a las edi fi caciones, como instrumento técnico normativo que rige a nivel nacional, y que contempla sesenta y nueve (69) Normas Técnicas, entre las que se encuentran la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de las Personas Adultas Mayores” y la Norma Técnica EM.020 “Instalaciones de Comunicaciones”; Que, mediante Informe Nº 003-2018-CPARNE del 05 de junio de 2018, la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones - CPARNE remite a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, entre otros, la propuesta de modi fi cación de la denominación de la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de las Personas Adultas Mayores”, como Norma Técnica A.120 “Accesibilidad Universal en Edifi caciones” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la CPARNE, conforme el Acta de la Sexagésima Sexta Sesión de fecha 09 de mayo de 2018; Que, con Informe Nº 04-2018-CPARNE del 16 de julio de 2018, la CPARNE remite a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la propuesta de modi fi cación de la denominación de la Norma Técnica EM.020 “Instalaciones de Comunicaciones”, como Norma Técnica EM.020 “Instalaciones de Telecomunicaciones” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la CPARNE, conforme al Acta de la Sexagésima Séptima Sesión de fecha 13 de junio de 2018; Que, de acuerdo a los informes emitidos por la CPARNE, el Informe Nº 235-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo y el Memorándum Nº 675-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, corresponde modi fi car la denominación de las Normas Técnicas a que se re fi eren los considerandos que anteceden en el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación de la denominación de las Normas Técnicas A.120 y EM.020 del Reglamento Nacional de Edi fi caciones Modifícase la denominación de la Norma Técnica A.120 “Accesibilidad para Personas con Discapacidad y de las Personas Adultas Mayores”, como Norma Técnica A.120 “Accesibilidad Universal en Edi fi caciones”; y, de la Norma Técnica EM.020 “Instalaciones de Comunicaciones”, como Norma Técnica EM.020 “Instalaciones de Telecomunicaciones” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, quedando redactado de la siguiente manera: “REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES (...)III EDIFICACIONES CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS EDIFICACIONES (...) III.1 ARQUITECTURA (...) A.120 Accesibilidad Universal en Edi fi caciones (...)III.4 INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y MECÁNICAS(...)EM.020 Instalaciones de Telecomunicaciones(...)”.Artículo 2.- Publicación y difusión Publícase el presente Decreto Supremo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1705427-5 Conforman Comité de Gobierno Digital del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 356-2018-VIVIENDA Lima, 23 de octubre del 2018VISTOS, el Informe N° 027-2018-VIVIENDA/OGEI- GFN y el Memorando N° 682-2018/VIVIENDA-OGEI de la O fi cina General de Estadística e Informática; el Informe N° 428-2018-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 2371-2018-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 904-2018-VIVIENDA-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, siendo el principal instrumento para propiciar el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, la misma que es de alcance y cumplimiento obligatorio por parte de todos los entes y niveles de las entidades de la Administración Pública, la cual prevé determinados lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país; Que, por Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para