Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2018 (31/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Miércoles 31 de octubre de 2018 /

El Peruano

Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 370-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de octubre de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 967-2018-SCG PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 22 de octubre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 002863-2018/IN/OGAJ, de fecha 24 de octubre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3807-CCFFAA/D-2/DFE, de fecha 19 de setiembre de 2018, la Secretaría de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas hace de conocimiento de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, que se llevará a cabo la XXI Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza COMBIFRON Colombia ­ Perú, a realizarse del 5 al 9 de noviembre de 2018, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, para lo cual solicita la designación de un representante de la División de Telecomunicaciones y de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, a fin que participen en la referida reunión; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 370-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de octubre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Percy Ramírez Corbera, propuesto por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, y del Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Rodolfo Sergio Vicuña Segura, propuesto por la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, del 4 al 10 de noviembre de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como propósito la cooperación e intercambio de información de inteligencia militar y policial en aspectos de seguridad en la zona fronteriza de la República de Colombia y la República del Perú, así como coadyuvar a la solución oportuna de eventuales problemas; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 5083-2018-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 17 de octubre de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la

resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Percy Ramírez Corbera y del Capitán de Servicios de la Policía Nacional del Perú Rodolfo Sergio Vicuña Segura, del 4 al 10 de noviembre de 2018, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ Días Pers. Total US$ 484.00 X X 2 = 968.00 370.00 X 5 X 2 = 3,700.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1707810-1

Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1269-2018-IN Lima, 29 de octubre de 2018

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