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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (31/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de octubre de 2018 El Peruano / DERECHOS DE USO RESULTANTESNUEVA CUANTIFICACIÓN LUEGO DE LA DISTRIBUCIÓN Del proceso de distribuciónR basico De la aplicación, a solicitud de la operadora, del numeral 16.2R adicional Rbasico: Resultado obtenido luego de aplicar la expresión (2) a los derechos de uso resultantes del proceso de distribución. Resultado expresado en MHz – POP. R adicional: Resultado obtenido luego de aplicar la expresión (2) a los derechos de uso resultantes, a solicitud de la operadora según el numeral 16.2 del artículo 16 del presente Reglamento. Resultado expresado en MHz – POP. En caso de no aplicar el numeral 16.2 el R adicion al = 0. C. Determinación del valor de las Obligaciones Resultantes El valor de las Obligaciones Resultantes del Reordenamiento es calculado en USD4, por el procedimiento que a continuación se describe, realizado en orden numérico ascendente. 1. Se calcula el factor fVIGENCIA , de la siguiente expresión: ݂௏ூீாே஼ூ஺ ൌݐ௏ூீாே஼ூ஺ ݐ஼ைே஼ாௌூVே ......(3) Donde: fVIGENCIA : Factor utilizado para re fl ejar la proporción entre el plazo de vigencia de la asignación resultante con respecto al plazo de vigencia de la concesión asociada. t VIGENCIA: Es el tiempo remanente de vigencia de la concesión relacionada a la asignación resultante del reordenamiento, expresado en años, con redondeo a tres decimales. Este tiempo se calcula desde la fecha de emitida la Resolución Viceministerial que aprueba el Reordenamiento de la banda hasta la fecha fi n de la vigencia de la concesión relacionada a la asignación resultante. t CONCESIÓN: Es el tiempo de vigencia de la concesión relacionada a la asignación resultante del reordenamiento, expresado en años, con redondeo a tres decimales. 2. Se calcula el valor de la variable K basico a través de la siguiente expresión: ܭ௕௔௦௜௖௢ൌ൬ܳ௢௧௥௢௦ ܳ௢௧௥௢௦൅ܳ௖௢௡௖௨௥௦௢൰ήܴ௕௔௦௜௖௢ή݂஽ாௌ஼௎ாே்ை ή݂௏ூீாே஼ூ஺ ......(4) Donde: ܭ௕௔௦௜௖௢ : Valor obtenido previo a la obligación resultante de la Operadora. Valor expresado en MHz – POP. De aplicación obligatoria. Q otros: Valor obtenido en el literal A (Mecanismo de cuanti fi cación) del presente Anexo. Qconcurso: Valor obtenido en el literal A (Mecanismo de cuanti fi cación) del presente Anexo.Rbasico: Valor obtenido en el literal B (Mecanismo de distribución) del presente Anexo. fDESCUENTO : Valor a ser establecido por el MTC en función a lo que se indica en el literal B del Apéndice I del presente Anexo. En la Resolución Viceministerial del Reordenamiento especí fi ca para cada banda, el MTC publica el valor de f DESCUENTO. fVIGENCIA: Valor resultante obtenido a partir de la expresión (3) del presente Anexo. 3. Se calcula el valor de la variable Kadicional mediante la siguiente expresión: ܭ௔ௗ௜௖௜௢௡௔௟ൌܴ௔ௗ௜௖௜௢௡௔௟ή݂௏ூீாே஼ூ஺ ....... (5) ܭ௔ௗ௜௖௜௢௡௔௟: Valor obtenido previo a la obligación resultante de la Operadora. Valor expresado en MHz – POP. De aplicación obligatoria en caso se haya aplicado el numeral 16.2 del artículo 16 del presente Reglamento. R adicional: Valor obtenido en el literal B del presente Anexo. Valor expresado en MHz – POP. fVIGENCIA: Valor resultante obtenido a partir de la expresión (3) del presente Anexo. 4. Se determina la obligación resultante de la operadora ( OEoperadora) mediante la siguiente expresión: ܧܱ௢௣௘௥௔ௗ௢௥௔ ൌሺܭ௕௔௦௜௖௢൅ܭ௔ௗ௜௖௜௢௡௔௟ሻήܸܷܲ஻஺ே஽஺ .......(6) Donde: ܧܱ௢௣௘௥௔ௗ௢௥௔: Es la obligación resultante obtenida a partir de la expresión (6) del presente Anexo. Se encuentra en USD. K basico: Valor resultante obtenido a partir de la expresión (4) del presente Anexo. Kadicional: Valor resultante obtenido a partir de la expresión (5) del presente Anexo. PUVBANDA: Es el precio unitario de la banda, expresado en USD/MHz/POP. Valor a ser publicado por el MTC en la Resolución Viceministerial del Reordenamiento especí fi ca para cada banda. 5. En caso de múltiples asignaciones resultantes del Reordenamiento, relacionadas a concesiones de contratos de concurso público de una operadora, se repite el procedimiento anteriormente descrito para cada asignación considerando el contenido de cada contrato. 6. Las Obligaciones Resultantes se estiman en función al valor hallado en USD. Dichas obligaciones se especi fi can para cada operadora en la propuesta inicial que publique el MTC, y se establecen en la Resolución Viceministerial que aprueba el Reordenamiento. APÉNDICE DEL ANEXO I Pautas para hallar los factores utilizados en los mecanismos de Reordenamiento. A continuación se indican las pautas para hallar determinados factores utilizados en los mecanismos de cuanti fi cación, distribución y Obligaciones Resultantes. A. Disgregación de los derechos de uso de una operadora en la Banda