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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (14/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 14 de setiembre de 2018 / El Peruano Que, mediante Certi fi cado de Búsqueda Catastral N° 3903691 emitido el 26 de junio del año 2018, la O fi cina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, determinó que el predio de 517,489.04 m² que corresponde a la actualización del Sitio Arqueológico Cerro Gallo, ubicado en los distritos de San Juan de Lurigancho y Lurigancho, provincia y departamento de Lima, se visualiza superpuesto parcialmente con el ámbito inscrito en las Partidas N° 11268995, N° 11049870, N° P02213256 y N° P02201205; Que, consecuentemente de la Búsqueda Catastral referida anteriormente, se ha determinado la superposición del ámbito arqueológico con la propiedad de los titulares registrales conforme se detalla a continuación: En la Partida N° 11049870 parcialmente a favor de la Comunidad Campesina de Jicamarca, con un área superpuesta de 186,576.36 m²; en el Asiento 11 del Tomo 10-H Fojas 530 que continúa en la Partida N° 11049870, parcialmente con la Comunidad Campesina de Jicamarca que ha cedido en calidad en uso y usufructo a favor del Anexo Comunal N° 17 – Alta Paloma, con un área superpuesta de 316,181.16 m²; en la Partida N° 11268995 parcialmente con 57 titulares: Juan Pablo Wilfredo Mosquera Zavala, Rafael Alejandro Espinoza León, Margarita Carmela Tovalino Tovalino de Espinoza, Ceferino Justiniano Rimayhuaman Abarca, Margarita Flores Gómez de Rimayhuaman, Braulio Feliz Soto, Fortunata Pérez Arana, Rubén Yaro Ulloa, María Dolores Espinoza León de Yaro, Agenor Vilela Silvia, Irma Cevallos Vásquez de Vilela, Justina Cuadro Jalere, Giovanna Arregui Cuadros, Carmela Huaman Acosta, Alfredo Alfonso Arquinigo Cruz, Ramosa Segundina Quispe Pillco, Tiburcio Máximo Camavilca Arias, Víctor Vásquez Remigio, José Alfredo Rivas Rengifo, Amelia Karin Tovalino Tovalino, Ignacio Huaman Damiano, Antonia Acosta Benites de Huaman, Alejandro Fernando Rafael Tineo, Francisco Tovalino Córdova, Yessica Paola Rafael Tineo, Natividad Huaman Silvera viuda de Altamirano, Dominga Quillo Olave, Elvia Doris Tantalean Mendoza, Edith Flor Flores Altamirano, Flavio Carrillo Huaman Horqque, Cruza Sucapuca Colca, Edgar Epifanio Corilla Peve, Catherine Sofía Lugo Obregón, Simon Talaverano Cuevas, Paulina Rivera Rojas de Talaverano, Elsa Luz Lagos Alarcón, Ivan Daniel Zela Huillca, Edilberto Espinoza Olivera, Anita Isabel Corilla Cordero, Braulio Deza Quispe, Ignacio Pampas Palomino, Maria García Fernández, Susana Antonia Corilla Cordero, Nemesio Veliz Hinojoza, Pedro Antonio Corilla Cordero, Silvia Jorge Quinto, Pamela Cecilia Vásquez Corilla, William Miguel Borne Piñas, Lizbeth Nethy Urquizo Peña, Lucia Merma Cruz, Luis Alfredo Merma Cruz, Janet Chara Quispe, Rosa Doris Saavedra Corilla, Yessy Candelaria Córdova Casas, Marcelino Neyra Crispín, Fernando Espinoza Leon y Lourdes Guadalupe Tovalino Tovalino; contando con un área superpuesta de 13,780.62 m²; en la Partida P02201205 parcialmente a favor de la Comisión de Formalización de Propiedad Informal (COFOPRI), correspondiente al Lote 1 Manzana O del Asentamiento Humano Alta Paloma, con un área superpuesta de 610.61 m²; en la Partida P02213256 parcialmente a favor de la Comisión de Formalización de Propiedad Informal (COFOPRI), correspondiente al área de circulación del Asentamiento Humano Alta Paloma, con un área superpuesta de 340.20 m²; y en la Partida P02201144 parcialmente a favor de la Comisión de Formalización de Propiedad Informal (COFOPRI), correspondiente al Lote 2 Manzana E del Asentamiento Humano Alta Paloma, con un área superpuesta de 0.09 m²; Que, mediante Informe N° 900035-2018/DCP/DGPI/ VMI/MC de fecha 28 de junio de 2018, se determina que el distrito de San Juan de Lurigancho y Lurigancho se encuentran considerados como una área geográ fi ca sin evidencia de ejercicio de derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, al integrar al área Tipo 1, para el caso de las medidas identi fi cadas por la Dirección de Consulta Previa, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC de fecha 28 de setiembre de 2017; Que, con fecha 22 de agosto de 2018, en el Diario Ofi cial El Peruano, se comunicó a los titulares registrales de la elaboración del Expediente Técnico de actualización de la Información Catastral del Sitio Arqueológico Cerro Gallo, ubicado en los distritos de San Juan de Lurigancho y Lurigancho, provincia y departamento de Lima y el inicio del procedimiento administrativo para su aprobación, en atención a lo previsto por la disposición complementaria modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1366; Que, por Informe N° 900195-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 13 de agosto de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la actualización catastral propuesta, elevando el expediente al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que continúe con el trámite que corresponde; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; el Decreto Legislativo N° 1366, el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-MC y la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC; y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la actualización catastral del polígono del Sitio Arqueológico Cerro Gallo, declarado como Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional N° 565/INC de fecha 17 de mayo de 2000, modi fi cada mediante Resolución Directoral Nacional N° 231/INC del 17 de febrero de 2006 y Resolución Directoral Nacional N° 401/INC de fecha 26 de febrero de 2010, conforme al Expediente Técnico de delimitación (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación: Departamento Lima Provincia Lima Sitio Arqueológico DistritoDatum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Cerro GalloLurigancho y San Juan de Lurigancho 287146.5975 8671299.2655 Nombre del Sitio ArqueológicoN° de Plano en Datum WGS84Área (m2) Área (ha) Perímetro Cerro GalloPP-0122_MC_DGPA/DSFL- 2014 WGS84517,489.04 51.7489 3,413.56 Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Cerro Gallo y plano señalado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el sitio arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1366, “Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”.