Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2019 (01/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30

NORMAS LEGALES

Lunes 1 de abril de 2019 /

El Peruano

Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad Administrativa y de Finanzas así como la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia brinden las facilidades que se requiera para la implementación del Servicio del Edicto Judicial Electrónico. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General poner en conocimiento la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial, órganos jurisdiccionales que conforman este Distrito Judicial, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad Administrativa y de Finanzas y la Unidad de Servicios Judiciales, para los fines pertinentes. Regístrese, cúmplase, publíquese y archívese. MIGUEL ANGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1755094-1

Conforman el grupo de trabajo responsable de la restructuración de la Central de Notificaciones y del fortalecimiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 534-2019-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 1 de abril de 2019 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 234-2015-CEPJ, N° 042-2019-CE-PJ, expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Resolución Administrativa N° 1129-2013-P-CSJLIMASUR/PJ y 545-2016-P-CSJLIMASUR/PJ de la Corte Supeiror de Justicia de Lima Sur. CONSIDERANDO: En la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, mediante Resolución Administrativa N° 1129-2013-P-CSJLIMASUR/ PJ de fecha 16 de diciembre de 2013, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, dispone la entrada en funcionamiento de la Central de Notificaciones en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, denominándose CEDENOT-LIMA SUR, misma que realizará el diligenciamiento de las cédulas de notificación emitidas por los órganos jurisdiccionales de todas las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, orientadas al normal desarrollo de los procesos judiciales, garantizando un alto grado de confiabilidad en la administración de justicia. Por Resolución Administrativa N° 234-2015-CE-PJ, de fecha 15 de julio de 2015, se dispuso la ejecución de la tercera etapa del proyecto "Implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en el ámbito nacional y en todas las especialidades", en los Distritos Judiciales que comprenden el Grupo 3, 4, 5, 6, 7 y 8, encontrándose entre ellos el Distrito Judicial de Lima Sur; siendo así, por Resolución Administrativa N° 076-2016-P-CSJLIMASUR/ PJ, la Presidencia de esta Corte Superior dispuso conformar el Comité de Implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en este Distrito Judicial. Mediante Resolución Administrativa N° 545-2016-P-CSJLIMASUR/PJ de fecha 22 de abril del 2016, se dispuso la entrada en funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), la cual responde a las exigencias de los justiciables, con el propósito de que sean notificados de manera pronta y eficaz, lo cual se condice con los principios de celeridad

y economía procesal, significando esto ahorro de tiempo en la elaboración, tramitación y diligenciamiento de las notificaciones por parte de los servidores judiciales. Es preciso, señalar que esta Presidencia en reuniones sostenidas con los administradores del Módulo Integrado de Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Nuevo Código Procesal Penal, Programa Presupuestal de Familia y el Módulo Corporativo Laboral ha identificado que el índice de frustración de audiencias de los diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia es cada vez mayor, siendo una de las causas el que no se diligencien de manera oportuna las cédulas de notificación. Es importante también considerar que de acuerdo a la información estadística del uso del SINOE en nuestra Corte, se conoce que durante el año 2017 el promedio de cédulas notificadas de manera electrónica en comparación con las cédulas notificadas de manera física fue de 17.95% y en el año 2018 el promedio fue de 29.43%; Tales cifras evidencian que a pesar de la obligatoriedad de uso del SINOE el dilgenciamiento de las cédulas a través del SINOE no es el esperado. En ese contexto y como parte de la política implementada por esta Presidencia, se ha previsto realizar diversas acciones que permitan adoptar las medidas necesarias para el diligenciamiento de las notificaciones de todos los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia; por lo que resulta pertinente conformar un grupo de trabajo que realice el análisis, evaluación y restructuración de la Central de Notificaciones, así como del fortalecimiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el grupo de trabajo responsable del análisis, evaluación y restructuración de la Central de Notificaciones, así como del fortalecimiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, el que estará integrado de la siguiente manera: - MBA.: Liz Mery Soriano Valerio (Preside el Grupo de Trabajo) Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la CSJLS - Abog.: Patricia Milagros Medrano Márquez (Secretaria técnica) Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales de la CSJLS - Mg.: David Marcos Piscoya Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la CSJLS - Dr. Saul Saturnino Gregorio Chacaltana Asesor Legal de la CSJLS - Abog.: John Oré Juárez Coordinador de CEDENOT de la CSJLS - Abog.: Christi Angela Rondón Barrutia Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la CSJLS - Abog.: Rosmery Jimenez Reyes Administradora del Programa Presupuestal de Familia de la CSJLS - Abog.: Angela Caro Agüero Adminstradora del Nuevo Código Procesal Penal de la CSJLS - Abog.: Daniela Rocca Parra Administradora del Módulo Integrado de Violencia de la CSJLS Artículo Segundo.­ DISPONER que el grupo de trabajo presente el diagnóstico situacional a los doce días de instalado, al presidente de la Corte Superior de Justicia; así mismo, a los 45 días de instalada el grupo de trabajo deberá presentar recomendaciones de medidas urgentes y concretas para la reforma del sistema de justicia. El informe final deberá contemplar un mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.