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20 NORMAS LEGALES Domingo 4 de agosto de 2019 / El Peruano encuentran dentro de los alcances de lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 30879; Que, mediante los Informes N°s 00813, 00824, 00834 y 00841-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, en su calidad de OPMI del Sector Educación emite opinión favorable respecto a treinta y un (31) proyectos de inversión, en torno al cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del PMI 2019–2021 del Sector, de acuerdo a lo señalado en los párrafos 13.2 y 14.2 de los artículos 13 y 14 de la Ley N° 30879, respectivamente; Que, mediante los Informes N°s 00766, 00777, 00788 y 00796-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación señala que existen recursos disponibles en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en las fuentes de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios y 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para ser transferidos a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y veintisiete (27) Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de la ejecución de treinta y un (31) proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, para lo cual informa que se han suscrito los convenios entre el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a ser habilitados; en virtud de lo cual, mediante los O fi cios N°s 193, 194, 198 y 199-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 77 845 666,00 (SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) del pliego Ministerio de Educación a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y veintisiete (27) Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de treinta y un (31) proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; De conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas; DECRETA:Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma total de S/ 77 845 666,00 (SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Educación, a favor de dos (02) Gobiernos Regionales y veintisiete (27) Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de treinta y un (31) proyectos de inversión, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 57 995 423,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 19 850 243,00 —————— TOTAL EGRESOS 77 845 666,00 ===========A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 426 587,00 ——————Subtotal Gobiernos Regionales 1 426 587,00 —————— PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 56 568 836,00FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 19 850 243,00 ——————Subtotal Gobiernos Locales 76 419 079,00 —————— TOTAL EGRESOS 77 845 666,00 =========== 1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo N° 01 “Programas Presupuestales y Categorías Presupuestarias que habilitan la transferencia–Recursos Ordinarios”, el Anexo Nº 02 “Programas Presupuestales y Categorías Presupuestarias que habilitan la transferencia–Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito”, el Anexo Nº 03 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales–Recursos Ordinarios” y el Anexo N° 04 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales–Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito”, que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo N° 05: “Ingresos”, que forma parte de esta norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de la publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora a elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo.