TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Domingo 4 de agosto de 2019 / El Peruano Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 361 374 652,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 214 237 544,00 (DOSCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) al pliego Ministerio del Interior y la suma de S/ 147 137 108,00 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES) al pliego Ministerio de Defensa, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento de los gastos que conlleven el pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo establecido en Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 361 374 652,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, para fi nanciar los gastos que conlleven el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial en el Año Fiscal 2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 361 374 652,00 ———————- TOTAL EGRESOS 361 374 652,00 ============= A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.5 Otros Gastos 214 237 544,00 ———————- TOTAL PLIEGO 007 214 237 544,00 ============ PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 009 : O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.5 Otros Gastos 147 137 108,00 ——————— TOTAL PLIEGO 026 147 137 108,00 ============ TOTAL EGRESOS 361 374 652,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos habilitados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos 3.1 Los recursos de la transferencia de partidas a que se re fi ere el artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. 3.2 El Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior son responsables de la veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de la fi nalidad de los recursos transferidos, de conformidad con lo establecido en el párrafo 3 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1794197-11 EDUCACION Conforman el Equipo de Trabajo para la implementación del Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-2019-MINEDU Lima, 2 de agosto de 2019 VISTOS, el Expediente N° OPRE2018-INT-0201504, los Informes Técnicos Nºs 1231-2018-MINEDU/SPE-